Sociedad
Gobierno autoriza la contratación directa de vacunas, insumos y personal para combatir el Covid-19
En el caso de los contratos para la provisión de vacunas, estos pueden ser confidenciales si el proveedor lo solicita. También se autoriza la compra directas de medicamento e insumos en el exterior, si no existen proveedores en Bolivia
Unitel Digital Hace 12/30/2020 7:13:29 AM
Tras haberse informado que los laboratorios habían diagnosticado 1.293 casos nuevos casos de coronavirus en Bolivia, el gobierno de Luis Arce Catacora autoriza a través del Decreto Supremo 4432 que la compra directa de vacunas, pruebas de diagnóstico, medicamentos e insumos necesarios para combatir al Covid-19. Permite también la contratación de personal bajo la modalidad de consultores en línea.
El DS 4432 señala que ante la evidencia de un rebrote del Covid-19, para precautelar la salud y la vida de los bolivianos, decidió establecer mecanismos normativos ágiles, inmediatos y oportunos, bajo los principios de transparencia y legalidad, para cumplir con el mandato constitucional de atención universal y gratuita.
Contratación directa
El artículo 2 de esta norma autoriza al Ministerio de Salud y Deportes, a las Entidades Territoriales Autónomas, a las entidades de la Seguridad Social de Corto Plazo, a la Central de Abastecimiento y Suministros de Salud (Ceass) y a la Agencia de Infraestructura en Salud y Equipamiento Médico (Aisem) la contratación directa de vacunas, pruebas diagnósticas, medicamentos, dispositivos médicos, insumos, reactivos, equipamiento médico, así como otros bienes, obras y servicios, para la contención, diagnóstico y atención de la Covid-19.
El procedimiento para la contratación directa será reglamentado por cada entidad contratante mediante normativa específica.
Las contrataciones directas efectuadas en el marco del decreto supremo son de exclusiva responsabilidad de la Máxima Autoridad Ejecutiva (MAE) de la entidad contratante.
Para contrataciones mayores a Bs 20.000 se solicitará al proveedor el certificado de Registro Único de Proveedores del Estado (RUPE), para la formalización de la contratación.
Una vez realizadas las contrataciones directas la entidad deberá presentar la información de la contratación a la Contraloría General del Estado, de acuerdo con la normativa emitida por esa instancia.
Asimismo, deberá registrar la contratación directa de bienes y servicios a partir de la formalización de la contratación en el Sistema de Contrataciones Estatales (Sicoes), cuando el monto sea mayor a Bs 20.000.
Compras en el exterior
El Ministerio de Salud y Deportes y la Ceass podrán efectuar la compra de vacunas, pruebas diagnósticas, así como otros bienes y servicios cuando éstos no estén disponibles en el mercado nacional, no se puedan recibir ofertas en el país o la contratación de éstos sea de mayor beneficio económico y/u oportunidad.
Además, podrán adherirse a las condiciones y contratos elaborados por los proveedores y contratistas. Ambas instituciones, mediante resolución expresa aprobarán el reglamento respectivo, en un plazo no mayor a diez días hábiles computables a partir de la publicación del presente decreto supremo.
Las contrataciones directas en el marco del presente artículo están exentas de solicitar al proveedor el certificado de RUPE, para formalizar sus contrataciones.
Una vez realizadas las contrataciones directas en el extranjero de pruebas diagnósticas, así como otros bienes y servicios, con excepción de la contratación de vacunas, el Ministerio de Salud y Deportes y la Ceass deberán presentar la información de la contratación a la Contraloría General del Estado.
También tienen que registrar la contratación directa a partir de la formalización de la contratación en el Sicoes, cuando el monto sea mayor a Bs 20.000.
Las vacunas
Los contratos suscritos por la Ceass para la adquisición de vacunas para la Covid-19, podrán a requerimiento del proveedor tener carácter confidencial por un periodo de tres años computables a partir de su suscripción.
Se establece que estos contratos podrán incorporar el arbitraje como medio de solución de controversias, y sujetarse a la jurisdicción de tribunales arbitrales con sede en el extranjero.
Las entidades de Seguridad Social de Corto Plazo deben adquirir de manera directa vacunas y pruebas diagnósticas de la Ceass para hacer frente a la pandemia de la Covid-19, previa suscripción de acuerdos interinstitucionales.
Recursos humanos
Entre las disposiciones transitorias de este decreto, se autoriza tanto al Ministerio de Salud, a la Ceass y a las entidades de Seguridad Social de Corto Plazo, realizar traspasos presupuestarios para la contratación de ‘Consultores Individuales en Línea’ para la contención y atención del Covid-19.