Tras fallo a favor de Pan-Bol, ¿Evo está habilitado para las elecciones nacionales?

La Sala Constitucional Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz emitió un fallo a favor de Pan-Bol, ordenando revocar la resolución del TSE, que el pasado 7 de mayo había anulado la personería del partido.

Publicación: 27/05/2025 06:56
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Seguidores de Morales reclaman por su inscripción

Evo Morales y sus seguidores celebran el fallo de la Sala Constitucional Departamental de La Paz que ordena al Tribunal Supremo Electoral (TSE) emitir otra resolución justificada sobre la cancelación de la personería jurídica del Partido de Acción Nacional Boliviano (Pan-Bol).

Con ello, los evistas aseguran que ahora corresponde que el Órgano Electoral permita el registro de sus candidatos, pese a que el plazo para ese trámite venció el 19 de mayo.

Pero, ¿realmente el expresidente podrá terciar en los comicios del 17 de agosto?

Según el vocal electoral Tahuichi Tahuichi, no se puede proceder con la inscripción de la candidatura de Morales porque ya concluyó el plazo.

Remarcó que el proceso electoral “rige bajo el principio de preclusión” y “la Ley de Régimen Electoral señala que ninguna etapa de un proceso electoral puede ser revisado o retrotraído”.

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Morales y sus seguidores celebraron la decisión. “Ahora, con esta resolución, corresponde que el TSE reconozca el registro de nuestras candidatas y candidatos para hacer efectiva nuestra participación en esta carrera democrática”, escribió Morales en las redes sociales.

Pan-bol no pudo inscribir las listas de Morales porque no contaba con el acceso al sistema de registro digital del TSE y, debido a este factor, tampoco entregó los documentos. En ese momento, Pan-Bol había perdido su personalidad jurídica.

Los abogados del líder cocalero explicaron que enviaron sus listas por correo electrónico, un procedimiento que no está reconocido en la normativa.

No obstante, en caso de que Morales logre su cometido de inscripción de la candidatura, esto no significa que pueda estar habilitado puesto que será el TSE el que, en su momento, definirá si está habilitado o no para participar de las elecciones previstas para el 17 de agosto, señaló Oscar Hassenteufel, presidente en ejercicio del Órgano Electoral, el pasado 16 de mayo, cuando aún estaba abierto el periodo de registro.

Pero no es solo con Morales, sino que todas las candidaturas son evaluadas y revisadas por el TSE, que verifica la documentación presentada por los aspirantes y, aquellos que tengan todo en orden, estarán en la lista oficial de candidaturas que será publicada el viernes 6 de junio de 2025, a través del sitio web oficial del Órgano Electoral Plurinacional (OEP).

Como antecedente, está vigente el fallo del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) que limita las reelecciones a Presidente y Vicepresidente a dos gestiones, tomando en cuentas las gestiones pasadas.

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Con base en esta resolución constitucional, el expresidente Morales no podrá terciar en futuras elecciones en el país pues el dictamen señala que “por una sola vez, sea este de forma continua o discontinua” se puede optar a la reelección, esto “conforme establece el artículo 168 de la Constitución Política del Estado (CPE), considerando que el término ‘una sola vez’, implica también la limitación de alcanzar a un tercer mandato; superando con ello, las razones de la decisión y lo resuelto en la SCP 0084/2017 de 28 de noviembre”.