El Gobierno lanza el Certificado de Devolución Impositiva digital y define una gestión de riesgos que se aplicará desde 2027
El objetivo de la medida es “fortalecer la eficiencia, transparencia, seguridad jurídica y oportunidad en la devolución de tributos, bajo el principio de neutralidad impositiva”.
Mediante el Decreto Supremo 5748, el Gobierno lanzó el Certificado de Devolución Impositiva (Cedeim) digital y además definió la gestión de riesgos para optimizar plazos.
En la disposición final única se precisa que “el presente Decreto Supremo entrará en vigencia el 1 de junio de 2027” (SIC).
En la norma se argumenta que “resulta necesario modernizar el procedimiento de devolución impositiva a las exportaciones mediante la implementación del Certificado de Devolución Impositiva (Cedeim) digital, el Modelo de Gestión de Riesgos y de un sistema digital de devolución impositiva”.
El objetivo es “fortalecer la eficiencia, transparencia, seguridad jurídica y oportunidad en la devolución de tributos, bajo el principio de neutralidad impositiva”.
El artículo 1 de la norma establece que “a fin de modernizar el procedimiento de devolución impositiva a las exportaciones” el citado decreto implementa los siguientes instrumentos:
1.- El Certificado de Devolución Impositiva, Cedeim digital
2.- El Modelo de Gestión de Riesgos a fin de optimizar los plazos para la devolución impositiva; y
3.- Un sistema digital de devolución impositiva ágil, transparente y eficiente.
El artículo 3 de la norma establece que con base en la “calificación de riesgos y canales de control”, el exportador podrá presentar la Solicitud de Devolución Impositiva (SDI), por una de las siguientes modalidades de devolución:
Expedita: el Cedeim se emitirá sin la constitución de garantía. Esta modalidad será aplicable únicamente al canal celeste.
Regular: el Cedeim será emitido sin la constitución de garantía, después de realizado el Control de Devolución Impositiva – CDI. Esta modalidad será aplicable a los canales morado y rojo.
Inmediata: el Cedeim será emitido previa presentación de una garantía bancaria o póliza de caución como condición para recibir el Cedeim y se sujetará a un CDI. Esta modalidad será aplicable a los canales morado y rojo.
A continuación, revise la norma: