El Gobierno lanza el Certificado de Devolución Impositiva digital y define una gestión de riesgos que se aplicará desde 2027

El objetivo de la medida es “fortalecer la eficiencia, transparencia, seguridad jurídica y oportunidad en la devolución de tributos, bajo el principio de neutralidad impositiva”.

Publicación: Hace 1 hora
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[Foto A24.] / Imagen referencial de una operación de comercio exterior.

Mediante el Decreto Supremo 5748, el Gobierno lanzó el Certificado de Devolución Impositiva (Cedeim) digital y además definió la gestión de riesgos para optimizar plazos.

En la disposición final única se precisa que “el presente Decreto Supremo entrará en vigencia el 1 de junio de 2027” (SIC).

En la norma se argumenta que “resulta necesario modernizar el procedimiento de devolución impositiva a las exportaciones mediante la implementación del Certificado de Devolución Impositiva (Cedeim) digital, el Modelo de Gestión de Riesgos y de un sistema digital de devolución impositiva”.

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El objetivo es “fortalecer la eficiencia, transparencia, seguridad jurídica y oportunidad en la devolución de tributos, bajo el principio de neutralidad impositiva”.

El artículo 1 de la norma establece que “a fin de modernizar el procedimiento de devolución impositiva a las exportaciones” el citado decreto implementa los siguientes instrumentos:

1.- El Certificado de Devolución Impositiva, Cedeim digital

2.- El Modelo de Gestión de Riesgos a fin de optimizar los plazos para la devolución impositiva; y

3.- Un sistema digital de devolución impositiva ágil, transparente y eficiente.

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El artículo 3 de la norma establece que con base en la “calificación de riesgos y canales de control”, el exportador podrá presentar la Solicitud de Devolución Impositiva (SDI), por una de las siguientes modalidades de devolución:

Expedita: el Cedeim se emitirá sin la constitución de garantía. Esta modalidad será aplicable únicamente al canal celeste.

Regular: el Cedeim será emitido sin la constitución de garantía, después de realizado el Control de Devolución Impositiva – CDI. Esta modalidad será aplicable a los canales morado y rojo.

Inmediata: el Cedeim será emitido previa presentación de una garantía bancaria o póliza de caución como condición para recibir el Cedeim y se sujetará a un CDI. Esta modalidad será aplicable a los canales morado y rojo.

A continuación, revise la norma:

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