Gobierno ajusta el cálculo del precio del diésel con base en el dólar oficial de los últimos siete días

El vocero de la Presidencia, José Luis Gálvez, explicó que la nueva regla complementaria unifica el precio regulado en plantas de almacenaje y para vehículos con placa boliviana y toma como referencia el promedio de los últimos siete días

Publicación: Hace 1 hora
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El gabinete aprobó el Decreto 5741 con el objetivo de modificar y complementar el Decreto Supremo 5716, con el cual el Gobierno eliminó la subvención del diésel el 18 de septiembre de 2026. De esta manera, se ajusta el cálculo del precio de este carburante con base en el dólar oficial de los últimos siete días.

El vocero presidencial José Luis Gálvez informó que esta modificación tiene el objetivo de transparentar la fluctuación de los precios y garantizar la continuidad del abastecimiento.

Tras la eliminación de la subvención, el precio de este carburante se estableció en Bs 17,95 el litro.

El artículo 2 de la norma establece: “PDiésel = Es el precio final regulado del Diésel Oíl, para la comercialización en Estaciones de Servicio y/o Puestos de Venta de Combustibles Líquidos, expresado en dólares por litro”.

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Se añade: “Para la comercialización, el PDiésel deberá ser expresado en bolivianos por litro aplicando el tipo de cambio oficial promedio correspondiente a los últimos siete (7) días, publicado por el Banco Central de Bolivia (BCB)”.

“Quiero hacer mención a algo muy administrativo, pero que es relevante, que es la modificación del Decreto Supremo 5716, que hace referencia al diésel, que es un precio regulado”, señaló Gálvez, este miércoles, en una conferencia de prensa.

Explicó que se trata de una regla complementaria que establece de manera más clara las variables que intervienen en la fijación del precio, entre ellas el tipo de cambio oficial promedio de los últimos siete días, que será publicado por el Banco Central de Bolivia.

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“Es una regla complementaria que establece de manera más transparente las variables que toman parte de la fijación del precio, entre ellas el tipo de cambio oficial promedio de los últimos siete días que serán publicados por el BCB”, señaló en conferencia de prensa.

Añadió que, además, “unifica la aplicación del precio regulado para ventas de plantas de almacenaje de los usuarios y clientes directos, vehículos con placas bolivianas”.

Según el vocero, la norma permitirá que todos tengan una visualización clara de cómo se fija el precio y de qué depende.

“Porque el compromiso que tenemos es que, en función de la fluctuación internacional, tiene que bajar también. Pero lo que queremos es que no haya una fluctuación tan fuerte que afecte también las planificaciones económicas de las unidades productivas”, indicó.

Aseguró que con esta modificación se busca un arreglo objetivo para garantizar transparencia y continuidad en el abastecimiento del combustible.

La norma además establece que “el precio final regulado del Diésel Oíl que será determinado por el Ente Regulador”, será aplicable a la “comercialización de diésel oíl desde las Plantas de Almacenaje de Hidrocarburos Líquidos hacia los diferentes usuarios y clientes” y en la “comercialización de diésel oíl destinada a vehículos con placa de circulación nacional y extranjera”.

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