Gobierno aprueba decreto para “permitir” a cualquier agente del mercado eléctrico “realizar intercambios con sistemas eléctricos de otros países”
Una anterior norma, que fue modificada, establecía que “ENDE en representación del Estado, es la única facultada para realizar las actividades de Intercambio Internacional de Electricidad”
El Gobierno aprobó el Decreto Supremo 5598 con el cual “permite” a cualquier agente del mercado eléctrico “realizar intercambios internacionales con sistemas eléctricos de otros países”.
“El presente Decreto Supremo tiene por objeto modificar el Decreto Supremo N° 2399, de 10 de junio de 2015, con la finalidad de permitir a cualquier agente del mercado eléctrico realizar intercambios internacionales con sistemas eléctricos de otros países”, detalla el primer artículo.
El DS 2399 establecía que la Empresa Nacional de Electricidad (ENDE), “en representación del Estado, es la única facultada para realizar las actividades de Intercambio Internacional de Electricidad” y se estipulaba que “los contratos de intercambio internacional de electricidad, deberán ser aprobados conforme lo establece la Constitución Política del Estado”.
En cambio, ahora la nueva normativa detalla que “cualquier agente del mercado eléctrico, público, mixto o privado, podrá ser autorizado por la instancia competente para realizar actividades de intercambio internacional de electricidad, pudiendo suscribir contratos, mientras no se afecte la seguridad, continuidad y prioridad del abastecimiento del mercado interno”.
La nueva norma además establece que “la transmisión dedicada a los intercambios internacionales de electricidad, será desarrollada en caso de ENDE, por sí misma, a través de sus filiales o subsidiarias o asociada a terceros, así como por cualquier agente del mercado eléctrico, público, mixto o privado”.