Gobierno habilitará hasta Bs 800 millones para financiar a sectores productivos

Ante “las necesidades temporales de liquidez”, se emitió el decreto 5720 que autoriza al Ministerio de Producción Sostenible la constitución del ‘Fideicomiso Impulso Productivo’

Publicación: Hace 37 minutos
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[Foto referencial: AFP] / La medida contempla el otorgamiento de créditos de capital de operación y capital de inversión a sectores productivos

El Gobierno habilitará hasta Bs 800 millones para financiar a personas naturales y jurídicas que desarrollen actividades económicas de producción o vinculadas a la cadena productiva y su logística, monto que será canalizado mediante el ‘Fideicomiso Impulso Productivo’, cuya constitución fue autorizada por el decreto 5720.

“A fin de atender las necesidades temporales de liquidez y financiamiento de los sectores productivos, es necesario fortalecer las actividades vinculadas a la producción, comercialización, distribución y logística interna del país autorizando la constitución de un fideicomiso”, reza una de las consideraciones de la norma que ya fue publicada en la Gaceta Oficial del Estado.

La medida contempla el otorgamiento de créditos de capital de operación y capital de inversión, autorizando al Ministerio de Producción Sostenible suscribir un contrato de fideicomiso con Banco Unión (que tendrá la calidad de fiduciario), fijando como tope “hasta Bs 800 millones”.

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Según la norma, el decreto establece que los beneficiarios deberán ser personas naturales o jurídicas legalmente constituidas y que serán responsables tanto del uso de los recursos, conforme al destino autorizado, como del pago de los créditos recibidos.

El fideicomiso tendrá un plazo de hasta 10 años desde la firma del contrato de constitución. Durante ese periodo, Banco Unión S.A. otorgará créditos bajo distintas modalidades, con condiciones diferenciadas según el destino del financiamiento y el tipo de actividad productiva.

Condiciones de financiamiento

1.- Capital de operaciones. Por un plazo de hasta 12 meses, con un periodo de gracia a capital de hasta seis meses y una tasa de interés anual del 6%.

2.- Capital de inversión. Por un plazo de hasta ocho años, con un periodo de gracia a capital de hasta 12 meses y una tasa de interés anual del 6,5%.

3.- Crédito asociativo de inversión. Destinado a la adquisición de maquinaria y activos de uso colectivo, a favor de personas jurídicas legalmente constituidas, por un plazo de hasta ocho años, con un periodo de gracia de hasta 12 meses y una tasa de interés anual del 6,5%.

4.- Capital de Inversión para actividades asociadas a la cadena de distribución. Destinado a la adquisición de vehículos de manejo de carga pesada, hasta el 70% de financiamiento, por un plazo de hasta ocho años, con un periodo de gracia a capital de hasta seis meses y una tasa de interés anual del 6,5%.

La periodicidad de pago no será uniforme para todos los créditos y será determinada de acuerdo con el ciclo de la actividad productiva y la capacidad de pago del prestatario, según el decreto, que también contempla que las garantías podrán ser convencionales y no convencionales, conforme a la normativa aplicable y a los reglamentos del fideicomiso.

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