Viceministra de Hidrocarburos: En “2029 nos quedaríamos sin gas y deberíamos comenzar a importar”

La autoridad señaló que se toman previsiones como el decreto que autoriza la importación de gas para consumo propio y generación de electricidad.

Publicación: Hace 1 hora
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[Foto archivo: YPFB] / El Gobierno señala que realiza acciones para diferir la fecha en la que se presume se terminará el gas en Bolivia.

La viceministra de Hidrocarburos, Tatiana Genuzio, señaló este miércoles que según los pronósticos, Bolivia se quedará sin gas en 2029, pero que toman previsiones como el decreto que autoriza la importación de gas para consumo propio y generación de electricidad.

“De acuerdo a los pronósticos que tenemos y en función a todo lo que se ha venido haciendo desde hace 20 años, estamos tomando las previsiones justamente a través del decreto supremo, porque en el año más o menos 2029 nos quedaríamos ya sin gas, porque tanto la producción como las demandas se estarían igualando. Entonces, esto implicaría que deberíamos ya a partir del 2029 importar gas.”, indicó en La Revista.

La viceministra explicó que se debe considerar que “durante los últimos 20 años no se ha hecho exploración” y que “en el sector hidrocarburos la exploración de los campos tiene su tiempo de maduración”. Señaló que implica un tiempo de entre cinco y siete años desde la exploración hasta la explotación.

“Tenemos varios temas que estamos implementando, como el proyecto de Ley de Hidrocarburos, que prácticamente está listo. También se está trabajando en la inclusión de energías renovables para también la generación porque la parte eléctrica depende de forma muy importante del consumo del gas”, indicó.

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Agregó que además del decreto, “el Gobierno está realizando varias medidas e intensificando varias herramientas para poder diferir esta esta fecha, de manera de que no sea el 2029, sino más adelante”.

El lunes, el Gobierno nacional autorizó, mediante el Decreto Supremo 5755, la importación excepcional de gas natural (GN) y gas natural licuado (GNL) para consumo propio y generación de electricidad.

La medida permite que personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, importen estos hidrocarburos para cubrir sus necesidades operativas o productivas, en el marco de la emergencia energética y social.

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