Este es el número de cuenta para pagar la multa por no votar o circular en vehículo sin autorización
El TSE habilitó una cuenta única para que los infractores paguen por cometer alguna falta electoral durante la jornada de votación de este domingo
La Sala Plena del Tribunal Supremo Electoral (TSE) aprobó dentro del Reglamento de Faltas Electorales y Sanciones Electorales el procedimiento para que los ciudadanos que incumplan la norma durante esta jornada electoral puedan pagar las multas pecuniarias, según el tipo de infracción que se haya cometido.
Los tipos de faltas son para los cometidos por jurados electorales y son de dos tipos: leves, sancionadas con un pago de va desde el 5% de un salario mínimo (Bs 125) hasta el 30% (Bs 750); faltas graves que son sancionadas con un 50% del salario mínimo (Bs 1.250).
MIRA AQUÍ: Líderes opositores y Evo votan cuestionando la legalidad del proceso de las elecciones judiciales
Faltas cometidas por notarios electorales, que pueden ser graves, y ser sancionadas con una multa del 50% de un salario mínimo (Bs 1.250); faltas cometidas por servidores públicos, que son sancionadas con el equivalente al 20% del salario mínimo (Bs 500).
Y las faltas cometidas por los electores, que son sancionadas con el 20% de un salario mínimo (Bs 500) por no votar o que sean sorprendidos circulando en vehículos sin autorización, entre otras restricciones señaladas por ley.
Las multas descritas arriba deberán ser depositadas en la siguiente cuenta bancaria en los nueve departamentos del país:
Número de cuenta: 10000056981381 Banco Unión S.A.
Razón Social: OEP-Tribunal Supremo
MIRA AQUÍ: “Busquemos actuar con libertad y responsabilidad”, dice la Iglesia Católica sobre las Judiciales
Lo que dice la norma
En el caso de las personas que no votaron, el Tribunal Supremo Electoral (TSE) señala que el documento de sufragio es el “único documento que acredita haber cumplido con la obligación del voto dentro de los 90 días siguientes a la elección” y serán sancionadas con la multa señalada arriba (el 20% del salario mínimo) caso contrario se aplicará un impedimento de 90 días para:
-Acceder a cargos públicos
-Efectuar trámites bancarios
-Obtener o renovar pasaporte