Gobierno alemán propone endurecer el uso de sustancias de sumisión química en Código Penal
Berlín, 13 may (EFE).- El Gobierno alemán adoptó este miércoles un proyecto de ley para enmendar el Código Penal para incluir las sustancias de sumisión química en los artículos relativos a la agresión sexual, coacción sexual y violación, y al robo agravado, delitos que podrán así ser castigados con una pena mínima de cinco años de prisión.
La ministra de Justicia y Protección del Consumidor, Stefanie Hubig, señaló en declaraciones a los medios tras la decisión del Consejo de Ministros que alrededor del 5 % de la población afirma haber sido víctima de drogas de sumisión química.
"Las mujeres se ven especialmente afectadas. Las violaciones cometidas mediante el uso de estas sustancias son actos particularmente viles, extremadamente peligrosos y profundamente reprobables", recalcó.
Los agresores, dijo, mezclan sustancias de manera secreta para dejar indefensas a las personas y lo suelen hacer en bares y clubes, pero también viviendas y hogares.
"Las víctimas a menudo no tienen ninguna posibilidad de percibir ni de defenderse de las agresiones. Eso resulta especialmente repugnante. El derecho penal debe dar una respuesta firme a ello", enfatizó Hubig.
La ministra sostuvo que una protección eficaz contra la violencia requiere sanciones consecuentes, y por eso "quien utilice drogas de sumisión química para cometer una violación deberá enfrentarse en el futuro a una pena mínima de cinco años de prisión".
El Gobierno determinó que era necesario precisar en el Código Penal el uso de "sustancias peligrosas" junto a la descripción ya existente de "herramientas peligrosas" tanto en el artículo sobre agresión sexual, coacción sexual y violación, como en el de robo agravado.
El motivo era una decisión de 2024 del Tribunal Supremo, que excluyó del ámbito de aplicación de las "herramientas peligrosas" las sustancias narcotizantes administradas mediante bebidas en casos de agresión sexual, por lo que en este último caso los jueces solo podían dictar una pena mínima de tres años de prisión.
El Supremo había justificado su decisión con el argumento de que las gotas administradas no podían calificarse por sí mismas como una herramienta peligrosa, ni tampoco podía considerarse así la pipeta mediante la cual fueran suministradas. EFE
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