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Justicia UE impide usar marca "Obelix" para armas de fuego tras denuncia de editora cómics

Justicia UE impide usar marca

Bruselas, 13 may (EFE).- El Tribunal General de la Unión Europea dio este miércoles la razón a la empresa editora de los cómics Astérix y Obélix e impidió que un empresario polaco registre a nivel comunitario la marca Obelix para vender productos relacionados con armas de fuego, municiones y explosivos, informó el tribunal en un comunicado.

El caso se remonta a 2022, cuando Éditions Albert René, que edita la histórica serie de cómics francesa, llevó ante la justicia europea la decisión de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) de permitir a un empresario polaco registrar la marca denominativa Obelix para productos relacionados con armas de fuego, municiones y explosivos.

La empresa editora recurrió la decisión inicial aludiendo al perjuicio que este registro causaba a su marca OBELIX registrada previamente, pero la EUIPO "desestimó dicha solicitud por entender que no había quedado suficientemente probado el renombre de la marca anterior", explicó el tribunal en un comunicado.

En su sentencia, el Tribunal General optó por anular la resolución de la EUIPO y consideró que el examen del renombre de la marca OBELIX llevado a cabo por la agencia europea de propiedad intelectual "partía de un análisis incompleto y erróneo".

"En particular, la EUIPO no tuvo debidamente en cuenta ejemplos de diferentes productos en los que el término 'Obelix' u 'Obélix' aparecía acompañado del símbolo ®, que indica que se trata de una marca registrada. Tampoco estaba justificado rechazar las pruebas en las que dicho signo se utilizaba en combinación con el signo Asterix", apunta el comunicado.

La corte con sede en Luxemburgo dio la razón a la empresa editora y reconoció que las características de las dos marcas en conflicto "pueden llevar al público pertinente a asociarlas y son susceptibles de menoscabar el renombre de la marca anterior".

"Esta valoración no puede limitarse, como hizo erróneamente la EUIPO, a concluir que hay diferencias demasiado importantes entre los productos y servicios en cuestión y que los públicos pertinentes no se solapan", concluye el TGUE. EFE

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