Jurados electorales: Estos son los requisitos para la presentación de excusas desde este 23 de febrero

Este domingo se publicó el listado de las personas que fueron seleccionados como jurados electorales y desde el lunes 23 de febrero quienes no pueden ejercer esta función deben presentar sus excusas

Publicación: Hace 1 hora
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[Foto: TED Santa Cruz] / El sorteo en Santa Cruz se realizó de forma simultánea a otros departamentos el 20 de febrero

El Tribunal Supremo Electoral (TSE) publicó este domingo el listado oficial de las personas que fueron elegidas como jurados para las elecciones fijadas para el 22 de marzo. Ante ello, desde el lunes 23 de febrero los que no podrán ejercer esta función, deben presentar sus excusas en los Tribunales Electorales Departamentales (TEDs).

¿Cuáles son los requisitos?

Según la Ley 018 del Órgano Electoral son causales de excusa: 1) enfermedad probada con certificación médica; 2) estado de gravidez, es decir gestación; 3) fuerza mayor o caso fortuito comprobado documentalmente; y 4) ser dirigente o candidato de organizaciones políticas, debidamente acreditado.

El presidente del TSE, Gustavo Ávila, destacó que, en caso de enfermedad o motivo fortuito, se debe certificar con documentación de respaldo.

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Entre los motivos fortuitos fortuitos están tener pasaje comprado para viajar esa misma fecha de la votación, que se estará fuera del país o ser parte del personal de emergencia, como personal de salud y policías.

¿Hasta cuándo puedo presentar mi excusa?

El TED Santa Cruz destacó que la presentación de excusas solo se puede hacer hasta el 1 de marzo de este año.

El día del sorteo de los jurados electorales, el viernes 20 de febrero, Ávila pidió a los ciudadanos evitar presentar sus excusas y cumplir con el deber ciudadano para apoyar al fortalecimiento de la democracia.

¿Todavía no verificó si fue elegido como jurado electoral? En este caso puede ingresar AQUÍ para hacer la consulta.

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El TSE remarca que los jurados electorales constituyen la máxima autoridad en cada mesa de sufragio y entre sus funciones principales se encuentran la instalación de la mesa, la conducción del acto de votación, el escrutinio de los votos y el llenado de las actas electorales, tareas esenciales para resguardar la voluntad ciudadana expresada en las urnas.

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