Misión de la OEA observa que la “inhabilitación de candidatos no fue resuelta con antelación”

La Misión Electoral de la OEA hizo conocer el documento con las observaciones y las recomendaciones que tiene para próximos procesos electorales

Publicación: Hace 2 horas
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Misión de la OEA

La Misión de Observación Electoral de la Organización de los Estados Americanos (MOE/OEA), hizo conocer el informe sobre las elecciones subnacionales del 22 de marzo realizando observaciones a la inhabilitación de candidaturas, la cancelación de personerías jurídicas y el acceso a la información previo a la votación.

“Una vez más, los plazos establecidos en el calendario electoral no permitieron que las demandas de inhabilitación fueran resueltas con la suficiente antelación, por lo que a días de la jornada electoral aun existían casos pendientes de resolución definitiva”, señala el reporte de la Misión de la OEA.

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El documento de la OEA señala que en una primera etapa se inscribió 36.040 candidaturas; sin embargo, tras la revisión de requisitos 26.010 candidatos quedaron inhabilitados.

En el documento la OEA señala que las organizaciones políticas realizan la inscripción para reservar cupos para tener más tiempo para que los verdaderos candidatos presenten su documentación.

Sobre las demandas de inhabilitación, señala que la ley establece que pueden excepcionalmente pueden interpuestas hasta tres días antes de la elección si se tratara de hechos sobrevinientes comprobados.

“Lo anterior no sólo afecta a quienes aspiran a un cargo, puesto que deben afrontar la campaña sin saber si finalmente estarán habilitados, sino también a la ciudadanía, que debe esperar prácticamente hasta el día de la elección para conocer qué postulantes efectivamente competirán”, señala el documento.

Las recomendaciones que dio la misión de observación fueron: establecer normas que permitan que la etapa de inhabilitación y sustitución de candidaturas se realice antes de que diseñen e impriman las papeletas electorales; que se incorpore en el calendario electoral un periodo específico para subsanar errores en los requisitos; y capacitar a las organizaciones políticas sobre los requisitos a cumplir.

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Cancelación de personerías juridicas

Dentro del informe, la misión observó también la cancelación de las personerías jurídicas de organizaciones políticas. ”No responden a hechos sobrevinientes, sino a cuestiones vinculadas a procesos electorales anteriores, concluidos hace meses o años”.

Ante esto, recomienda establecer la obligación de que, inmediatamente concluido un proceso electoral, las autoridades electorales revisen de oficio si existe alguna organización política que no cumple con los requisitos y dar plazos claros para el inicio y la conclusión de los procedimientos de cancelación de la personería jurídica.

Transparencia y acceso a la información

La MOE señala que durante el proceso electoral no fue posible acceder a través de la web del OEP a los expedientes y resoluciones relativas a las demandas por inhabilitación de candidaturas, ni a las vinculadas a la cancelación de la personería jurídica de las organizaciones políticas.

Algunos candidatos manifestaron que no fueron notificados sobre su inhabilitación, o en su defecto, desconocían el contenido de la resolución.

A estas observaciones recomienda, publicar en los portales de internet institucionales todas las resoluciones dictadas por el TSE y los TED, y asegurarse de que estas incluyan la motivación y fundamentación de la decisión tomada.

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