Resolución del TED de Cochabamba declara improbada la denuncia de inhabilitación contra Manfred
UNITEL tuvo acceso a la resolución completa, que fue aprobada por tres de los cuatro vocales que analizaron el caso
El Tribunal Electoral Departamental (TED) de Cochabamba emitió la Resolución 001/2026 que declara improbada la demanda de inhabilitación planteada por el diputado Julio Carvajal contra el candidato a la Alcaldía de Cochabamba por APB-Súmate, Manfred Reyes Villa.
UNITEL tuvo acceso a la resolución completa, que fue aprobada por tres de los cuatro vocales que analizaron el caso.
A favor de esta resolución votaron Daniel Quinteros, Danny Roberto Knaudt y Juana Estela Vargas. La vocal Lidia Veramendi firmó el fallo, pero votó disidente.
El documento resuelve “declarar improbada la demanda de inhabilitación plnteada por Julio César Tuarek Carvajal Gonzales contra la candidatura al cargo de Alcalde del Municipio de Cochabamba del ciudadano Manfred Armando Antonio Reyes Villa Bacigalupi de la organización política Autonomía Para Bolivia Súmate”.
Según el documento, el demandante solicitó la inhabilitación de Reyes Villa bajo la consideración de que el demandado “ejerció el cargo de alcalde de Cochabamba durante los años 1993 a 2000 y luego del 2021 a la fecha” y en torno a la vigencia de la Sentencia Constitucional Plurinacional 007/2025 del 13 de mayo de 2025, que establece que solo se puede acceder a una sola reelección de manera continua o discontinua.
La defensa de Reyes Villa alegó que la disposición transitoria primera de la Constitución Política de la Estado computa los periodos desde el año 2005 y no los anteriores, alegando el principio de irretroactividad.
El fallo indica que la limitación planteada por la SC 007 “debe ser aplicado tomando en cuenta como primer mandato el que hubieran ejercido las autoridades en la gestión 2005-2010, no pudiendo retrotraerse en sus efectos a periodos anteriores a la gestión mencionada”.
Además se indica que los cargos ejercidos por Reyes Villa con anterioridad a la Vigencia de la CPE de 2009 se desarrollan bajo un régimen constitucional distinto.
El demandante, Julio Carvajal, rechazó esta determinación y anunció que presentará un recurso de apelación ante el Tribunal Supremo Electoral (TSE).
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