Segunda vuelta electoral: ¿Desde cuándo y hasta qué fecha rige la ley seca en Santa Cruz?

La Gobernación cruceña emitió el decreto 508 en el que reglamenta las prohibiciones que rigen antes, durante y después de las elecciones en Bolivia

Publicación: Hace 3 horas
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[Captura de video] / Desde este viernes 17 de octubre rige la ley seca

En Santa Cruz desde la cero horas del viernes 17 de octubre regirá el silencio electoral por la segunda vuelta de las elecciones generales en el país. Ante ello, la Gobernación de Santa Cruz emitió el decreto 508, que norma el auto de buen gobierno, que comúnmente se conoce como ley seca.

El secretario de gestión institucional, José Luis Gómez, confirmó que la prohibición de consumo y expendio de bebidas alcohólicas rige a partir de las cero horas del viernes hasta las 24 horas del lunes 29 de octubre.

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En el artículo 2 del decreto departamental, desde las cero horas hasta las 24:00 horas del día de la segunda vuelta electoral, queda prohibido realizar actos, reuniones o espectáculos públicos de cualquier tipo.

Este 19 de octubre se realizará la segunda vuelta de las elecciones presidenciales en las que disputarán el voto el binomio de la alianza Libre, integrado por Jorge Tuto Quiroga y Juan Pablo Velasco y el del Partido Demócrata Cristiano (PDC), que está compuesto por Rodrigo Paz y Edmand Lara.

Gómez remarcó que durante la jornada electoral está prohibido el uso de armas de fuego, objetos cortopunzantes y la circulación general de vehículos, a excepción de los que tiene autorización.

En el artículo 3 de la normativa desde “las cero (00:00) horas hasta las veinticuatro (24:00) horas del día domingo 19 de octubre de 2025, están prohibidos los servicios de transporte terrestre, lacustre, ferroviario y aéreo en todo el departamento, exceptuando los viajes que realicen los servidores públicos del Órgano Electoral o de las fuerzas de seguridad en cumplimiento de sus funciones y aquellos vuelos internacionales que estén en tránsito o que se originen o arriben en el Departamento de Santa Cruz, que para el traslado de pasajeros, personal operativo y otros deberán tramitar el permiso de circulación respectivo ante el Tribunal Electoral Departamental”.

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SILENCIO ELECTORAL

Desde las cero (00:00) horas del día jueves 16 de octubre de 2025, hasta las dieciocho (18:00) horas del 19 de octubre de 2025, queda prohibida cualquier forma de manifestación pública de apoyo o rechazo a una de las candidaturas.