TCP dispone que la paridad se aplique en los binomios desde las próximas elecciones para garantizar la participación de la mujer

El presidente del TCP, Gonzalo Hurtado, destacó que se constituye en “una decisión histórica que con seguridad marcará un antes y un después, para garantizar plenamente el derecho de las mujeres a elegir y ser elegidas”.

Publicación: Hace 1 hora
$output.data
$output.data
[Foto: Archivo] / El logo del TCP.

El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) publicó un fallo en el que determina que los binomios deben estar conformados por un hombre y una mujer, es decir, deben cumplir el requisito de la paridad de género.

Así lo ha dado a conocer el presidente del TCP, Gonzalo Hurtado, en un evento realizado en la Universidad Pública de El Alto (UPEA) este lunes.

MIRA AQUÍ: “El voto es un acto de valentía”: PDC insta a la población a acudir a las urnas y resalta su campaña “puerta a puerta”

“A través de este sentencia constitucional ha determinado que la paridad de género se aplique absolutamente en todos los cargos, incluyendo los candidatos a la Presidencia y Vicepresidencia, esto a partir de las próximas elecciones”, señaló.

“Con esta histórica decisión, la paridad de género es plena” y permite “el ejercicio del derecho”.

MIRA AQUÍ: Suspenden el segundo debate de candidatos a la Presidencia ante falta de condiciones, señala vocal del TSE

Destacó que se constituye en “una decisión histórica que con seguridad marcará un antes y un después, para garantizar plenamente el derecho de las mujeres a elegir y ser elegidas”.

En su criterio se “da un salto cualitativo muy importante con esta decisión”.

Candidatos

A la fecha, solo un binomio cumple esa condición, el de la Alianza Popular, que postula a Andrónico Rodríguez y Mariana Prado.

La postulante a la Presidencia por Morena, Eva Copa, declinó su participación hace un par de semanas.

Hurtado destacó que el TCP publicó el fallo “en cumplimiento de velar por la supremacía de la norma suprema, ejerciendo el control de constitucionalidad, para precautelar el respecto y la vigencia de los derechos y las garantías constitucionales en el marco de la Justicia plural, conforme a los principios y valores constitucionales”.