TCP resuelve que el TSE debe continuar con el trámite para la cancelación de la personería de ADN
Acción Democrática Nacionalista no logró obtener el mínimo de 3% en las últimas elecciones generales, como señala la ley
El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) resolvió que el Tribunal Supremo Electoral (TSE) deberá continuar con el trámite de cancelación de la personalidad jurídica del partido Acción Democrática Nacionalista (ADN), según informó este jueves la magistrada Amalia Laura Villca.
La Sentencia Constitucional 0782/2025 del 29 de diciembre de 2025 señala que se rechaza la acción de inconstitucionalidad que interpuso el jefe nacional de ADN, contra el artículo 58 de la Ley de Organizaciones Políticas, y, por tanto, dejar sin efecto la medida cautelar dispuesta por el TSE.
“Por lo que deberá continuar con el referido trámite de cancelación de personalidad jurídica del partido ADN y las agrupaciones ciudadanas Nacionalidades Autónomas por el Cambio y Empoderamiento Democrático (Nacer) y Pando Somos Todos (PST), conforme prevé el artículo 58 de la Ley de Organizaciones Políticas 1096”, indica la Sentencia Constitucional.
El fallo fue firmado por la magistrada Amalia Laura Villca y el magistrado Edson Dávalos Rojas, sin la intervención del magistrado Boris Wilson Arias López, que no compartió la decisión asumida.
“Con este fallo constitucional, la autoridad electoral debe continuar con el procedimiento de cancelación de personería jurídica de la organización política ADN”, afirmó la magistrada Laura Villca en sus redes sociales.
El jefe de ADN presentó el recurso argumentando que la exigencia de 3% como umbral para mantener la personería jurídica era una vulneración de derechos políticos y pluralismo democrático. Sin embargo, el TCP rechazó estos argumentos.
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“El Tribunal Supremo Electoral es la única autoridad competente para disponer la cancelación de la personalidad jurídica de los partidos políticos que no alcancen el umbral mínimo de votación”, indica parte de la resolución.
ADN y UCS no lograron obtener el 3% que la ley señala en las últimas elecciones nacionales, por lo que el TSE inició el trámite para anular su personería, pero quedó en pausa por la presentación de recursos ante el TCP.