Subnacionales: Candidaturas de ADN quedan sin efecto tras decisión del TSE de anular personería jurídica

“El efecto inmediato es que se excluye de las candidaturas a todos los inscritos por ADN solo y en alianzas, por este efecto de la cancelación de personalidad jurídica”, señalaron desde el TSE

Publicación: Hace 2 horas
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Autoridades del TSE asumieron la determinación de manera unánime, según el reporte

La Sala Plena del Tribunal Supremo Electoral (TSE) dispuso la cancelación definitiva de la personería jurídica de Acción Democrática Nacionalista (ADN), decisión que impide su participación en las elecciones subnacionales y tiene efecto inmediato sobre todas sus candidaturas, tanto propias como en alianzas, según informaron este lunes de la secretaría camaral.

La decisión se enmarca en un proceso iniciado en la anterior gestión del TSE, luego de que ADN no alcanzara el 3% de los votos válidos en la elección 2025, según expuso el secretario de Cámara del TSE, Fernando Arteaga.

El trámite quedó en suspenso a la espera de un pronunciamiento del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), instancia que horas antes notificó al TSE para seguir con el procedimiento de cancelación.

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Hemos recibido ya una notificación del Tribunal Constitucional que ha dejado sin efecto esta medida, por lo tanto, el día de hoy la Sala Plena ha dispuesto la cancelación de la personalidad jurídica de Acción Democrática Nacionalista”, establece el reporte.

La resolución fue aprobada de manera unánime y será notificada en los siguientes días a los representantes de ADN, una vez se firme el documento correspondiente, de acuerdo con Arteaga.

“El efecto inmediato es que se excluye de las candidaturas a todos los inscritos por ADN solo y en alianzas, por este efecto de la cancelación de personalidad jurídica, también se extingue la militancia y todos los temas que tengan que ver con el tema de fiscalización”, agrega el reporte del funcionario.

En cuanto a Unidad Cívica Solidaridad (UCS), que tampoco alcanzó el 3% de los votos en la anterior elección, también se aclaró que no fue considerado por no existir un pronunciamiento constitucional.

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