Aguinaldo en el sector público: ¿Quiénes no recibirán este beneficio?

El Ministerio de Economía difundió el instructivo para entidades públicas. Aún no se ha difundido el instructivo para instituciones privadas

Publicación: 29/11/2024 22:41
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[Foto ilustrativa] /

Este viernes el Ministerio de Economía difundió un instructivo 001/2024 sobre el pago del aguinaldo de la presente gestión en entidades públicas. El documento establece en dos de sus puntos quienes no percibirán este beneficio.

El documento que cuenta con 11 puntos establece que en el sexto punto que “las servidoras y servidores públicos que trabajen en el exterior y perciben remuneración en moneda extranjera, salvo las previsiones establecidas en normativa vigente” no recibirán en aguinaldo.

En el punto ocho también especifica tampoco percibirán aguinaldo las personas vinculadas a una entidad pública que sean remunerados con recursos de las partidas 25200 “Estudios, Investigaciones, Auditorías Externas y Revalorizaciones”, 25800 “Estudios e Investigaciones para Proyectos de Inversión.

¿CÓMO SE CALCULA EL PAGO DEL AGUINALDO?

En uno de los puntos señala que los beneficiarios son “las servidoras y servidores públicos que hubieran prestado servicios en una misma entidad por un mínimo de tres meses de manera ininterrumpida en la presente gestión, y que estén considerados en la planilla de personal permanente de las partidas de gasto”.

Otros de los puntos señala que “la base de cálculo para el pago del aguinaldo de Navidad será el promedio del total ganado de los últimos tres meses anteriores al pago, o los tres meses anteriores a la extinción de la relación laboral, excluyendo otras bonificaciones no recurrentes, gastos de representación, acumulaciones y todo otro beneficio que no constituya la remuneración propiamente dicha”.

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“Para el pago de duodécimas del aguinaldo de Navidad, se debe considerar únicamente los servicios prestados en una misma entidad, y que se haya realizado por un mínimo de tres meses de manera ininterrumpida durante la gestión fiscal, incluye las incorporaciones realizadas hasta el 01 de octubre de 2024”, detalla otro punto.

Según el instructivo, quienes no recibirán el beneficio son los “servidores públicos que trabajen en el exterior y perciben remuneración en moneda extranjera, salvo las previsiones establecidas en normativa vigente”.

El documento señala que las MAE (Máximas Autoridades Ejecutivas) de cada institución es responsable de la aplicación del instructivo. Sin embargo, no se menciona la fecha límite para realizar el pago a los funcionarios públicos.

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