Atención, Bolivia: Quedan dos semanas para sumarse al alivio tributario; esto es lo que debes saber

El presidente ejecutivo del Servicio de Impuestos Nacionales (SIN), Jorge Zogbi, precisó que también “a esta regularización pueden entrar contribuyentes que por cualquier motivo hayan dejado de pagar sus tributos o se les haya caído su plan de pagos”

Publicación: Hace 1 hora
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[Foto: Impuestos Nacionales] / Imagen referencial

El plan de Alivio Tributario ingresa en su fase final tras más de tres meses de vigencia. El presidente ejecutivo del Servicio de Impuestos Nacionales (SIN), Jorge Zogbi, exhortó a los contribuyentes con problemas en el pago de tributos a regularizar sus cuentas.

“La ley fue promulgada el 27 de mayo y está vigente hasta el 23 de este mes. Por lo que aprovecho para invocar a todos los contribuyentes a que se acojan a la regularización”, indicó el funcionario en una entrevista con La Revista de la red UNITEL.

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Explicó que los interesados pueden sumarse a este plan “ya sea con un pago al contado, con lo cual se van a beneficiar con un 50% de descuento en el mantenimiento de valor”.

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Pero también los contribuyentes pueden “acogerse a un plan de pagos de 36 meses, es decir, tres años con los cuales van a poder alivianar cualquier problema”.

En ese marco, precisó que también “a esta regularización pueden entrar contribuyentes que por cualquier motivo hayan dejado de pagar sus tributos o se les haya caído su plan de pagos”.

El SIN aplica de forma operativa la Ley 1733 de Alivio Tributario, promulgada el 27 de mayo de 2026, que establece un régimen extraordinario, excepcional y por única vez para la condonación y regularización de deudas tributarias.

El beneficio alcanza a deudas tributarias, incluidas multas, intereses y sanciones vinculadas al Impuesto al Valor Agregado (IVA), Impuestos a las Utilidades de las Empresas (IUE), Impuesto a las Transferencias (IT), el Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF), regímenes simplificados y especiales.

Condonación

La condonación aplica a deudas generadas hasta la gestión 2017, siempre que el tributo omitido sea menor a Bs 10 millones. También alcanza a las deudas de la gestión 2020.

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Este beneficio es comunicado al contribuyente a través de su Buzón Tributario, mediante el Auto de Extinción por Condonación.

El contribuyente no deberá presentar solicitudes ni acudir a oficinas para pedir la revisión de su caso.

Regularización

Para las deudas de las gestiones 2018 a 2025, excepto 2020, la Ley habilita un mecanismo de regularización. En estos casos, si el contribuyente cancela el impuesto omitido al contado se reduce el 50% del mantenimiento de valor y quedan condonados los intereses y multas correspondientes.

El pago podrá realizarse también mediante Facilidades de Pago de hasta 36 cuotas mensuales. El plazo para acogerse a la regularización es de 120 días desde la promulgación de la ley, por eso vence este mes.

El SIN habilitó el trámite de regularización a través de www.impuestos.gob.bo, ingresando a la Oficina Virtual Tributaria con las credenciales del SIAT en Línea.

En la sección “Mi Situación Tributaria”, el sistema mostrará las deudas clasificadas, los montos y el beneficio aplicable. Desde esa misma opción, el contribuyente podrá elegir la modalidad de pago.

Suspensión de embargos

La Ley también prevé el levantamiento de medidas coactivas asociadas a las deudas comprendidas en el Alivio Tributario, como retenciones de cuentas bancarias, embargos, hipotecas y otras restricciones. Actualmente existen más de un millón de cuentas con retenciones bancarias vigentes.

Para acceder a los beneficios de la condonación y regularización, los contribuyentes deberán revisar su “Buzón Tributario” o ingresar a www.impuestos.gob.bo con sus credenciales del SIAT en Línea y dirigirse a la Oficina Virtual Tributaria, en las secciones “Mi Situación Tributaria”.

Impuestos remite periódicamente al sistema financiero listas consolidadas de contribuyentes, cuyas deudas fueron extinguidas por efecto de la condonación o se acogieron a un plan de regularización.

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