Banda de comisiones para transferencias al exterior debe implementarse hasta el 23 de febrero, según la ASFI
Es la fecha límite establecida por la ASFI para que las entidades financieras se enmarquen en la nueva normativa que también aplica para los giros al exterior. La banda de cobro está fijada entre el 5% y 10%
Según el reglamento establecido por la Autoridad de supervisión del Sistema Financiero (ASFI) para el cobro de comisiones de transferencias y giros al exterior, que determina una banda de entre el 5% y 10%, la fecha límite para implementar esta medida es el 23 de febrero.
En este sentido, las entidades financieras del país deberán apegarse a esta regla que está establecida por la entidad estatal, que este martes lanzó la circular 808/2024 respecto a este asunto que asomó tras el pacto firmado entre el gabinete económico del Gobierno nacional y los actores del sector empresarial con miras a oxigenar el flujo de dólares.
La banda de comisiones se enmarca en la Ley de Servicios Financieros y en las atribuciones que tiene la ASFI en defensa de los derechos e intereses del consumidor financiero, para normar y supervisar la correcta aplicación de tarifas, comisiones y de más cobros de servicios prestados por las entidades financieras, de acuerdo con la directora de la ASFI, Ivette Espinoza.
La modificación del reglamento de las tasas de interés, comisiones y tarifas establece una banda que va del 5% al 10% para el cobro de comisiones por giros y transacciones al exterior por encima de los $us 1.000.
Según la explicación de la ejecutiva, la banda se fijó tomando en cuenta que durante febrero del 2023 se advirtió el cobro de las comisiones de un 5% en los bancos y la comisión máxima que se registró en diciembre, cuando se alcanzó el 10%.
“Tomando en consideración estos aspectos se ha establecido que sin afectar a las entidades financieras se va a lograr también que estas operaciones sigan realizándose dentro de la banda que hemos establecido, porque si dejábamos abierto este tema estaba incrementándose sin fin y generando utilidades, tanto para las entidades financieras, como para los exportadores”, señaló.
Espinoza también se precisó la gratuidad bajo determinadas condiciones para transacciones en el exterior de clientes de entidades financieras que hacen transferencias, compras por internet, pagos por POS (terminal punto de venta para cobros con tarjeta) y retiro de cajeros automáticos.
“Esto aplica para las transacciones que se efectivicen cada quincena de un mismo mes por montos iguales o menores a $us 1.000”, aclaró.