El Gobierno modifica el cálculo del peaje de electricidad
El gabinete aprobó el Decreto Supremo 5764 que se refiere a los precios y tarifas del peaje eléctrico
El presidente Rodrigo Paz aprobó el decreto 5764 en el que se modifica el cálculo de electricidad. La nueva norma modifica los artículos 27, 29 y 30 del Reglamento de Precios y Tarifas aprobado por Decreto Supremo N° 26094, de 2 de marzo de 2001.
El nuevo decreto solo tiene tres artículos, en los que se refiere a enumeración máxima por el uso de la transmisión en el sistema troncal de interconexión; identificación y peaje atribuible a los generadores y peaje atribuible a los consumidores. El último artículo se refiere a la determinación de costos de peaje.
Se espera un pronunciamiento del Gobierno sobre los alcances de esta normativa y sus efectos para los consumidores finales.
El artículo 29 queda escrito de la siguiente manera: “El monto del peaje atribuible a los generadores se calculará como la diferencia entre el valor del peaje total y el monto del peaje atribuible a los consumos, determinado según el Artículo 30 del presente reglamento.”
Mientras que la redacción anterior de este artículo hacía referencia a que el monto del peaje correspondiente al uso atribuible a los Generadores será igual al veinticinco por ciento (25%) del peaje total del Sistema Troncal de Interconexión.
La modificación del artículo 30 queda de la siguiente manera: “El monto del peaje atribuible a los consumos será igual al cien por ciento (100%) del peaje total del Sistema Troncal de Interconexión”.
MIRA AQUÍ: Gobierno anuncia el cierre de la Empresa del Oro: “Fue creada para perder dinero”
Asimismo, se establece que el peaje unitario de los consumos se determinará dividiendo el monto del peaje de los consumos entre la potencia de punta de todos los agentes consumidores.
“Para cada nodo del Sistema Troncal de Interconexión donde se conecten los Consumos, el peaje unitario de los Consumos será incluido en el Precio de Nodo de potencia correspondiente”, se lee en la norma.