Empresa cementera rechaza fallo millonario en su contra e interpone queja al considerar incumplimiento del TSJ

La justicia declaró infundado el recurso de casación interpuesto por Soboce ante una millonaria indemnización que se debe dar en favor de otra cementera por una supuesta competencia desleal, según los antecedentes del caso

Publicación: Hace 2 horas
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La Sociedad Boliviana de Cemento (Soboce) presentó una queja por incumplimiento ante la Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, al sostener que el Auto Supremo 1190/2026 del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) no acató las directrices fijadas por la jurisdicción constitucional.

La acción surge después de que el máximo tribunal declarara infundado el recurso de casación de la empresa y mantuviera la indemnización de Bs 744.315.432 a favor de otra cementera: Fancesa.

El Auto Supremo 1190/2026 fue emitido el 26 de junio en cumplimiento de la Resolución Constitucional 136/2025, que había dejado sin efecto un fallo anterior y ordenó al TSJ emitir una nueva resolución con mayor fundamentación sobre los agravios expuestos por Soboce.

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Sin embargo, el máximo tribunal concluyó que ninguno de esos agravios resultó evidente y ratificó la sentencia que dispone el pago por los daños ocasionados a Fancesa en un proceso por supuesta competencia desleal.

Según Soboce, la nueva resolución mantiene las vulneraciones identificadas por la jurisdicción constitucional, considerando que las autoeridades del TSJ “se han limitado a modificar la redacción argumentativa, manteniendo intacto el sentido decisorio y el daño económico del fallo que ya había sido anulado, vulnerando el derecho al debido proceso y a la defensa que la jurisdicción constitucional había ordenado subsanar”.

Soboce también señala que, aunque el fallo reconoce que el concepto de “proyecto de vida” no es aplicable a personas jurídicas, mantiene una indemnización de más de Bs 479 millones, advirtiendo que incluso se actualizó el valor a Bs 744,3 millones con el argumento de una actualización del valor por el tiempo transcurrido.

En este sentido, Soboce solicitó la suspensión provisional de la ejecución del Auto Supremo 1190/2026 y de cualquier medida coactiva o embargo mientras se resuelven las instancias constitucionales.

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