En el decreto que se elimina la subvención, se instruye al BCB transitar hacia un nuevo régimen cambiario

En el Decreto Supremo 5503, además de levantar la subvención a los hidrocarburos, se instruye al BCB transitar hacia un nuevo régimen cambiario

Publicación: Hace 5 horas
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[Foto: RRSS] / La norma instruye caminar a un cambio en el tipo de cambio

El Gobierno con el Decreto Supremo 5503 levantó la subvención a los hidrocarburos y también instruyó al Banco Central de Bolivia (BCB) “transitar hacia un nuevo régimen cambiario”. Esta instructiva está establecida en el artículo 120.

“Se instruye al Banco Central de Bolivia (BCB), en el marco de sus atribuciones constitucionales y legales, a adecuar y transitar hacia un nuevo régimen cambiario, con el objetivo de fortalecer la estabilidad macroeconómica, preservar la competitividad externa y contribuir al equilibrio de la balanza de pagos”, detalla el artículo.

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El presidente Rodrigo Paz brindó una conferencia de prensa la noche del miércoles para anunciar una emergencia económica, con la que se levanta la subvención de los hidrocarburos. Esa misma jornada se publicó el DS 5503 en el que se norma los nuevos precios.

No obstante, en la norma no se fija modificaciones en el tipo de cambio oficial, que según el BCB, este jueves 18 de diciembre se mantiene en Bs 6,86 para la compra y Bs 6,96 para la venta.

En el parágrafo dos del artículo 120 se menciona que “el BCB definirá y ejecutará las medidas técnicas, operativas y normativas necesarias para la implementación del nuevo régimen cambiario, incluyendo los mecanismos de intervención, administración de liquidez, gestión de reservas internacionales y comunicación al público”.

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La norma precisa que el BCB actuará en coordinación con la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI) para: “adecuar la regulación prudencial y operativa del sistema financiero, fortalecer la gestión de riesgos cambiarios y asegurar la continuidad y estabilidad de los servicios financieros.

Asimismo, “se instruye al BCB coordinar con la Aduana Nacional y otras entidades competentes del Órgano Ejecutivo la adopción de medidas de control, facilitación y monitoreo de operaciones de comercio exterior y flujos de divisas, con el fin de garantizar la transparencia, trazabilidad y correcto funcionamiento del mercado cambiario”.

Finalmente, en el mismo artículo se precisa que el “Ministerio de Economía y Finanzas Públicas a través sus atribuciones constitucionales gestionará, coordinará e instruirá, a través de las instancias correspondientes, la implementación progresiva del nuevo régimen cambiario en línea con su política económica”.