¿Qué pasa con los contratos con pagos en dólares? Mira lo que dice una abogada comercial
Con el tipo de cambio flexible que se aplica desde este lunes, el dólar pasa de cotizarse en Bs 6,97 a Bs 9,73. Una abogada comercial brinda detalles sobre el tema
Tras la entrada en vigencia del tipo de cambio flexible, las personas que tienen contratos de préstamo o de inmuebles con pagos en dólares tienen la duda sobre qué pasará con los pagos que tienen que realizar. La abogada comercial Krisseyda Martínez conversó con UNITEL sobre este tema.
Cabe recordar que a partir de este lunes el Tipo de Cambio Oficial del dólar es de 9,73 bolivianos, dejando atrás la cotización de 6,97 que estuvo vigente durante casi 15 años.
Martínez recomendó a las personas con contratos en dólares revisar en especial las cláusulas sobre la modalidad de pago.
“El ciudadano tiene que leer la cláusula detenidamente y fijarse si a él le establece un cambio fijo. Si le establece un cambio fijo hasta que termine de pagar cada una de sus cuotas, él tiene que pagar al cambio que le establece el contrato”, manifestó Martínez.
La abogada agregó que, si el contrato señala que el pago será al “cambio oficial”, entonces debe aplicarse la nueva cotización definida por el BCB.
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De igual manera, si el contrato no especifica que el tipo de cambio sea 6,97 y simplemente establece “oficial” “el ciudadano tiene que atenerse” a la nueva cotización que será flexible.
Martínez agregó que la mayoría de los contratos para adquirir un inmueble o vehículo se encuentra en dólares.