¿Qué pasará con YPFB? Las claves para entender el decreto de intervención de esta empresa estatal

El Decreto 5697 pone temporalmente a YPFB bajo un mecanismo extraordinario de supervisión interministerial para revisar toda la gestión de la cadena de combustibles

Publicación: Hace 1 hora
$output.data
$output.data
[RODRIGO URZAGASTI / AFP] / El Gobierno decretó la intervención de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos

El Gobierno publicó el decreto supremo 5697 que establece una intervención estatal extraordinaria y temporal de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB) debido a deficiencias identificadas en la importación y distribución de combustibles, con el objetivo de garantizar el abastecimiento interno y recuperar la eficiencia de la empresa estatal.

Estas son las claves para entender la norma y cómo se aplicará:

¿Por qué se dicta?

El Gobierno sostiene que existen deficiencias en la cadena logística de importación y distribución de carburantes, que generan riesgos para el abastecimiento, el interés público y la seguridad energética. Por ello decide intervenir temporalmente la gestión de YPFB.

¿Cuánto tiempo durará?

180 días calendario como plazo inicial.

Puede ampliarse una sola vez por hasta 90 días adicionales, mediante Resolución Ministerial, si continúan las causas que originaron la intervención.

También puede terminar antes si se solucionan las condiciones que la motivaron.

MIRA AQUÍ: ¿Cuáles son las claves del programa de Bolivia que consolidó el respaldo del FMI?

¿Qué se dispone?

Se crea una Comisión de Intervención Estatal Extraordinaria de YPFB, encargada de hacer seguimiento y revisión de la gestión de la empresa durante la intervención.

La intervención busca, entre otras cosas:

-Revisar importación, adquisición, almacenamiento, transporte, distribución y comercialización de combustibles.

-Analizar la logística y la trazabilidad de los carburantes.

-Obtener información sobre los volúmenes destinados a estaciones de servicio y otras modalidades de venta.

-Identificar posibles problemas de gestión y proponer medidas correctivas.

-Investigar posibles redes de contrabando, desvío y acopio de combustibles.

-Determinar, cuando corresponda, posibles responsabilidades del personal involucrado.

¿Quiénes integran la Comisión?

Está conformada por representantes de cinco áreas del Gobierno:

-Ministerio de Economía y Finanzas Públicas.

-Ministerio de Producción Sostenible, Medio Ambiente y Agua.

-Ministerio de Hidrocarburos y Energías.

-Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda.

-Viceministerio de Transparencia, Seguridad Jurídica e Integridad Pública.

MIRA AQUÍ: Presidente de Cainco responde a Paz: Sincerar la economía no es decisión de la sociedad, es una decisión de Gobierno

¿Qué poder tendrá la Comisión?

La Comisión podrá acceder a información administrativa, técnica, financiera y operativa de YPFB, solicitar contratos, registros, informes y documentación, e incluso acceder directamente a sistemas y registros de la empresa. También podrá recomendar auditorías, inspecciones, medidas correctivas y, eventualmente, la remoción de personal.

Además, podrá evaluar las decisiones y operaciones que hayan podido afectar el abastecimiento de combustibles, la seguridad energética o los recursos del Estado.

¿YPFB queda intervenida o desaparece?

YPFB no desaparece ni cambia su naturaleza jurídica.

El decreto establece expresamente que la intervención no implica la supresión de YPFB ni la modificación de su naturaleza jurídica o estructura institucional. Se trata de una intervención temporal sobre su gestión.

¿Qué pasa si funcionarios de YPFB no entregan información?

El presidente y el personal administrativo, técnico y operativo de YPFB tienen la obligación de entregar la información solicitada en los plazos y formatos establecidos por la Comisión.

El incumplimiento puede generar responsabilidad administrativa y/o penal, según corresponda. Además, la información entregada debe ser completa, veraz, íntegra y verificable.

¿Habrá auditorías?

Sí. La Comisión podrá recomendar auditorías: técnico-legales; financieras; administrativas; operativas; logísticas.

Si las auditorías encuentran posibles responsabilidades, se elaborará un informe identificando los hechos, las personas involucradas, la documentación de respaldo y las acciones recomendadas. Los casos que correspondan serán enviados a la Contraloría, Ministerio Público, Procuraduría y otras autoridades competentes

Importante: la Comisión no reemplaza las competencias constitucionales de la Contraloría, Ministerio Público, Órgano Judicial u otras entidades.

También se protege la documentación

Durante la intervención, YPFB debe conservar íntegramente documentos, bases de datos, registros, sistemas y respaldos relacionados con los procesos investigados.

La destrucción, alteración, ocultamiento o manipulación de información será comunicada a las autoridades para establecer responsabilidades.

Primeros plazos

La Comisión tiene hasta cinco días hábiles desde la publicación del decreto para aprobar su reglamento de funcionamiento mediante Resolución Multiministerial.

Después, debe realizar una evaluación integral y presentar un informe inicial en un plazo máximo de 30 días calendario, contado desde la publicación de esa Resolución Multiministerial.

¿Cuánto le costará al Estado?

El decreto establece que la intervención se implementará bajo una política de austeridad y no implicará recursos adicionales del Tesoro General de la Nación (TGN). Los gastos deberán cubrirse con los presupuestos institucionales de las entidades que forman parte de la Comisión.

Descarga el archivo completo aquí:

Recibe las noticias de último momento en tu email

* indica que es obligatorio
VIDEOS RECOMENDADOS