Juez de Argentina suspende parcialmente reforma laboral de Milei
Los trabajadores dicen que la normativa es inconstitucional al vulnerar principios fundamentales. El gobierno sostiene que busca modernizar la economía y atraer inversiones
Un juez argentino suspendió este lunes parte de la reforma laboral impulsada por el gobierno de Javier Milei y aprobada por el Congreso en febrero, tras un reclamo sindical que la acusa de inconstitucional.
La decisión responde a un recurso de amparo presentado por la principal central obrera de Argentina, la Confederación General del Trabajo (CGT), días después de que el Senado aprobara la reforma en medio de numerosas protestas y tras una huelga general.
El magistrado dispuso la suspensión de unos 80 artículos de los más de 200 que contiene la ley hasta que se resuelva el fondo del planteamiento.
“Celebramos que la Justicia Nacional del Trabajo haya puesto un límite constitucional a la Reforma Laboral. El dictado de la medida cautelar permite analizar el derecho de fondo mientras se preserva la paz social”, celebró el líder sindical Héctor Daer, miembro de la CGT.
Entre los artículos suspendidos figuran la consideración de los trabajadores de plataformas como independientes, la eliminación del principio que insta a la Justicia a fallar a favor del obrero en caso de duda, modificaciones en materia de huelga y la derogación de la ley de teletrabajo.
“Con el dictado de la cautelar ambas partes (Estado y CGT) procurarán llegar a la sentencia definitiva a la brevedad posible y en paz social”, señala el juez Raúl Ojeda en su fallo.
La central obrera argumenta que la normativa es inconstitucional al vulnerar principios fundamentales como la progresividad laboral, la libertad sindical y el sistema que protege al trabajador.
Por su parte, el gobierno sostiene que busca modernizar la economía y atraer inversiones.
SUSPENSIONES
Entre los puntos más sensibles, el fallo suspende la creación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), un sistema diseñado para que los empleadores puedan sustituir las indemnizaciones por despido tradicionales mediante cuentas de capitalización, financiadas por aportes a la seguridad social que hoy en día se destinan al sistema previsional.
El magistrado cuestionó el mecanismo, al considerar que podría fomentar despidos injustificados y alertó sobre la falta de blindaje de estos fondos ante posibles “malas inversiones” en el mercado financiero, lo que afectaría directamente los recursos de la seguridad social.
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También se suspendió la inclusión de nuevos rubros dentro de la categoría de “servicios esenciales” y “actividades de importancia trascendental”, que imponen coberturas mínimas del 75% o 50% durante una huelga. La CGT lo consideró un intento de “retacear medios de acción colectiva”.
Además, el juez suspendió la posibilidad del fraccionamiento de las vacaciones de común acuerdo entre el empleador y el trabajador.
Milei defendió el proyecto de ley argumentando que con él se busca crear “un entorno que facilite la contratación, impulse la inversión y permita que el empleo registrado vuelva a expandirse”, en un país que tiene más del 40% de su fuerza laboral en la informalidad