Asamblea Legislativa Departamental aprueba la creación del Defensor del Pueblo Cruceño

La ley establece además que su actuación “se desarrollará con observancia del principio de competencia y de los mecanismos de coordinación interinstitucional que correspondan”

Publicación: Hace 1 hora
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[Foto: ALD] / La sesión se realizó el miércoles

Tras un prolongado debate, la Asamblea Legislativa Departamental de Santa Cruz aprobó la madrugada de este jueves la Ley de la Defensoría Departamental de las Cruceñas y Cruceños.

El proyecto de ley fue presentado por la asambleísta departamental Natasha Castedo y establece la creación de una nueva instancia de defensa de los derechos de los ciudadanos del departamento.

Según establece el proyecto, la Defensoría Departamental es un órgano desconcentrado del Órgano Ejecutivo del Gobierno Autónomo Departamental de Santa Cruz, con dependencia del gobernador en la estructura organizacional.

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El texto señala que la nueva instancia “goza de autonomía de gestión técnica y administrativa en el ejercicio de sus funciones, sin subordinación jerárquica de las secretarías departamentales”.

La ley también aclara los alcances de la nueva defensoría respecto a otras instituciones. ”El ejercicio de las atribuciones de la Defensoría Departamental de las Cruceñas y Cruceños no sustituirá, limitará ni interferirá en las competencias constitucionales y legales de la Defensoría del Pueblo, de la ALD de Santa Cruz ni de otras instituciones del Estado”, indica el documento.

Asimismo, establece que su actuación se desarrollará “con observancia del principio de competencia y de los mecanismos de coordinación interinstitucional que correspondan”.

La aprobación se dio en la Sesión Ordinaria N° 43 de la gestión 2026-2027, realizada el 14 de octubre de 2026, según informó el vocero de la Gobernación cruceña, Rolando Scrupp en sus redes sociales.

El proyecto aclara también que su funcionamiento no implicará una duplicidad de funciones con otras entidades del Estado.

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”El ejercicio de las atribuciones de la Defensoría Departamental de las Cruceñas y Cruceños no sustituirá, limitará ni interferirá en las competencias constitucionales y legales de la Defensoría del Pueblo, de la ALD de Santa Cruz ni de otras instituciones del Estado”, señala el artículo.

La ley establece además que su actuación “se desarrollará con observancia del principio de competencia y de los mecanismos de coordinación interinstitucional que correspondan”.

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