Estado de excepción: Solo en cuatro casos y se señala que la Asamblea tiene la última palabra para su aplicación

El objetivo es regular la acción de las fuerzas del orden en caso de que el Ejecutivo nacional, mediante decreto, apruebe un Estado de excepción. Diego Ávila, presidente del Senado, mencionó que esta situación se puede dar solo en cuatro casos específicos

Publicación: Hace 2 horas
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A más de un mes de las movilizaciones contra el Gobierno, la Cámara de Senadores aprobó el proyecto de ley de Regulación de Estados de excepción y remitió la norma a Diputados para que encare su tratamiento.

Pero, ¿cuándo se puede aplicar un estado de excepción? Según esta reglamentación.

Diego Ávila, presidente del Senado, explicó que esta situación se puede dar solo en cuatro casos específicos:

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- Peligro a la seguridad del Estado

- amenaza externa, es decir, una invasión externa

- conmoción interna

- desastres naturales

El senador de Libre, José Ormachea, explicó que si bien el proyecto de ley fue aprobado en el Senado, todavía debe darse curso en Diputados y que, aún si esto ocurriese, para que la ley pueda entrar en vigencia, “incluso si presidente (Rodrigo Paz) firma el decreto”, debe tener la aprobación de la Asamblea Legislativa.

“Aunque se aprobase en cámara de Diputados y en Senadores la ley de regulación de Estados de excepción, no significa que entre en vigencia automáticamente, eso no es real”, dijo.

El senador hizo énfasis en que tras la emisión de un eventual decreto que pueda emitir el Ejecutivo nacional, “en 72 horas la Asamblea Legislativa confirma o rechaza ese Estado de excepción”.

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Entre las principales disposiciones, el proyecto de ley establece que la declaratoria de Estado de excepción deberá realizarse mediante decreto supremo debidamente fundamentado, especificando su alcance territorial, duración, medidas extraordinarias autorizadas e instituciones responsables de su ejecución.

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