Evistas cierran filas, dicen que Evo está habilitado y se estrellan contra los magistrados del TCP

Como establece el artículo 109 de la Constitución, “esa prohibición tiene que estar establecida en una ley sancionada por la Asamblea Legislativa Plurinacional”, afirmó el abogado de Evo Morales, Orlando Ceballos.

Publicación: Hace 5 horas
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[Foto EMA.] / Morales en una concentración de sus militantes en Chimoré.

El evismo cuestiona el fallo del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) que anula la reelección presidencial por más de dos ocasiones, aseguró que Evo Morales está habilitado

El abogado de Morales, Orlando Ceballos, dijo que el fallo no es nuevo y se consignó en la resolución 1010 de diciembre de 2023.

Es una manipulación de lo que ya se dijo en la sentencia 1010”, afirmó y precisó que establece la “prohibición de reelección por un tercer periodo, así haya pasado un periodo de por medio”.

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Como establece el artículo 109 de la Constitución, “esa prohibición tiene que estar establecida en una ley sancionada por la Asamblea Legislativa Plurinacional”, insistió el jurista.

Por muy sentencia que se llame no es instrumento para restringir ningún derecho”, sostuvo Ceballos.

En su juicio, el tema surge por la llegada de la fase de inscripciones de candidatos de cara a las elecciones presidenciales.

Retroactivo

En ese marco, el abogado Wilfredo Chávez dijo que la norma no se aplica de manera retroactiva.

”Entonces, nos tiene sin cuidado lo que diga o no diga el Tribunal Constitucional porque sencillamente lo que va a pasar es que Evo está inhabilitado”, dijo el jurista.

Por su lado, la diputada evista Zulay Mamani calificó como “político y malicioso”, el actuar de los magistrados del TCP y afirmó que “la última palabra” sobre la habilitación de Morales en los comicios la tiene el TSE.

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Denunció que el objetivo final es sacar de la carrera electoral a Morales, aunque no presentó pruebas.

Por su lado, la exejecutiva nacional de las Bartolinas Sisa, Flora Aguilar, cuestionó a los magistrados por “sacar sentencias express a pedido de un Gobierno corrupto”.

“El artículo 168 de la Constitución Política del Estado es claro y que los magistrados no tienen la facultad de modificarla, sino de protegerla.” indicó.