Ley antibloqueos: ¿Qué dice el proyecto de ley presentado por el diputado Carlos Alarcón?

El proyecto de ley busca tipicar los bloqueos, que son utilizados como medida de protesta, como un delito grave, que puede variar en privación de libertad entre 3 y 20 años

Publicación: Hace 2 horas
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[Foto: APG] / El diputado Carlos Alarcón presentó un proyecto de ley antibloqueos

El proyecto de ley ‘antibloqueos’ será revisado en una Comisión de Justicia de la Asamblea Legislativa y sería tratado en los próximos días en el pleno de la Cámara de Diputados. El proyecto puede tener modificaciones previo a su aprobación.

La ley antibloqueos fue presentada por el diputado Carlos Alarcón de la Alianza Unidad, que respalda al oficialismo, y tiene el objetivo de tipificar este tipo de protestas como un delito grave.

“Esta Ley tiene por objeto establecer los delitos y las penas para los bloqueos en las vías públicas que impidan o estorben el libre tránsito de personas, bienes y vehículos, y el régimen de garantías para el uso de la fuerza pública policial y militar, que intervengan en los puntos de bloqueo para restablecer el orden”, reza el objetivo del proyecto.

La norma está diseñada para aplicar sanciones a aquellos que por cualquier medio, forma o motivación, bloqueen calles, avenidas, caminos, carreteras, rutas, autopistas, o vías públicas, impidiendo o entorpeciendo el libre tránsito o la circulación de personas, bienes y/o vehículos.

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¿Cuáles son las sanciones propuestas?

Serán sancionados con privación de libertad de tres a seis años; sin embargo, se agravará de cinco a ocho años de privación de libertad para los que promuevan, instiguen, planifiquen, organicen, financien, colaboren o dirijan los bloqueos.

Además, señala que si los bloqueadores ejercen violencia física en contra de civiles, efectivos de la Policía o militares, o en contra de bienes públicos y/o privados, utilizando cualquier medio o instrumento de agresión o de daño, la pena se agravará de 10 a 20 años de privación de libertad.

Resarcimiento a damnificados

El proyecto de ley prevé que las víctimas pueden demandar la reparación de daños y perjuicios sufridos durante los bloqueos.

“Los que bloqueen y los que promuevan, instiguen, planifiquen, organicen, financien, dirijan o colaboren en su realización, serán solidariamente responsables por los daños y perjuicios que ocasionen a los damnificados”, indica.

Uso de la fuerza policial y militar

Los policías que intervengan los bloqueos están facultados también a preservar su vida, integridad física y seguridad personal y la de otros efectivos que participen en el operativo, utilizando todos los medios legítimos a su alcance y señala que estas condiciones no generarán ninguna responsabilidad penal, disciplinaria, administrativa ni civil en los efectivos que empleen las medidas para contrarrestar la violencia criminal.

En los casos en que la fuerza policial se encuentre superada o sobrepasada por la cantidad, fuerza o violencia extrema de los bloqueadores, concurrirá la fuerza militar en apoyo de la fuerza policial, bajo la premisa de que “la fuerza policial es insuficiente” y se la reforzará con un contingente militar adecuado y proporcionado a las circunstancias.

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Este proyecto de ley fue presentado por el diputado Alarcón señalando que los bloqueos como medida de protesta, violan los derechos fundamentales como los de: libertad de circulación; libertad y seguridad personal; protección del Estado al ejercicio del trabajo en todas sus formas; a dedicarse al comercio, la industria a cualquier actividad económica lícita; a la libertad de empresa y pleno ejercicio de las libertades empresariales; y a la promoción y apoyo por parte del Estado de las exportaciones de bienes con valor agregado y los servicios.

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