El decreto sobre protestas en Colombia puede facilitar el uso de la fuerza, alerta la ONU
Bogotá, 15 oct (EFE).- La Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos advirtió este jueves que el controvertido nuevo decreto que regula la protesta social en Colombia puede facilitar el uso de la fuerza por parte de la policía en manifestaciones.
Ese decreto, firmado el martes por el presidente colombiano, Abelardo de la Espriella, modifica las reglas de actuación policial durante las protestas y permite actuar contra quienes cometan actos violentos sin esperar a que concluya el diálogo con los manifestantes.
En un documento difundido este jueves, la ONU cuestionó varios puntos de la reforma, entre ellos las condiciones para dar por terminados los diálogos entre la Fuerza Pública y los manifestantes, la definición de los actos de violencia y los criterios para intervenir ante bloqueos de vías.
"Algunas de estas causales permiten una interpretación abierta y discrecional, con lo cual se podría dar por cerrada la etapa de diálogo para dar paso al uso de la fuerza", advirtió el documento.
Naciones Unidas se refiere, entre otros supuestos, al porte o empleo de armas, la retención de personas contra su voluntad, las agresiones a terceros y la destrucción de infraestructura.
Aunque reconoció que estas situaciones presentan riesgos diferentes para la vida y la integridad, sostuvo que deben abordarse de manera diferenciada y que la actuación contra quienes cometen actos violentos no debe implicar el fin del diálogo con quienes siguen manifestándose pacíficamente.
"Es importante recordar que la Observación General 37 (del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos) establece que la utilización de la fuerza, incluidos las armas menos letales, deben utilizarse como último recurso y sólo cuando otros medios de no violentos de contención hayan sido previamente agotados", apuntó la Oficina.
La definición de violencia
Otro de los puntos cuestionados es la definición de los actos de violencia que recoge el decreto.
La ONU consideró que ésta es más amplia que la contemplada en los estándares internacionales, pues incluye amenazas de agresión y conductas que no necesariamente provocan lesiones, muertes o daños graves a los bienes.
En ese sentido, pidió distinguir entre portar un objeto que pueda considerarse un arma, amenazar con utilizarlo y emplearlo efectivamente: "El porte de un objeto que pueda ser considerado como un arma, no convierte por sí mismo a una persona en violenta ni modifica el carácter pacífico de la reunión".
La Oficina también advirtió de que la obstrucción de una vía no convierte automáticamente una manifestación en violenta, y pidió revisar el criterio de "perturbación grave e inminente" porque éste podría emplearse para facilitar la disolución de protestas pacíficas.
Además, consideró que factores como la duración de un bloqueo, la importancia de una carretera o las pérdidas económicas no deberían justificar por sí solos una intervención coercitiva.
"La afectación económica o la alteración del funcionamiento normal de una actividad productiva no deberían constituir, por sí mismas, una justificación para el uso de la fuerza", afirmó.
La ONU reconoceió que, aunque algunas propuestas podrían contribuir a proteger el derecho a la protesta pacífica, como diferenciar a quienes ejercen ese derecho de quienes cometen actos violentos, insistió en que cualquier modificación debe mantener como objetivo principal la protección de las manifestaciones pacíficas.
La Oficina explicó asimismo que mantuvo contactos con el Gobierno con respecto a este decreto y que algunas de sus propuestas de modificación se incluyeron en el texto que finalmente se rubricó este martes. EFE
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