El Supremo reclama al Gobierno español los nombres de los afectados por la 'ley de nietos'
Madrid, 23 oct (EFE).- El Tribunal Supremo español ha reclamado a los ministros de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, y de Asuntos Exteriores, José Manuel Albares, que remitan antes del 28 de octubre la relación nominal de los 163.020 afectados por la suspensión del derecho al voto de los nacionalizados por la denominada 'ley de nietos'.
El tribunal advierte además que, si no se cumple antes de las 15.00 horas del próximo 28 de octubre su solicitud sobre esta relación nominal, que incluye mayoritariamente a ciudadanos nacionalizados españoles residentes en Latinoamérica, podría imponer una multa o deducir, en su caso, el oportuno testimonio de particulares para exigir la responsabilidad penal que pudiera corresponder.
Bolaños aseguró este viernes que el Supremo tendrá en plazo la lista de afectados y detalló que su ministerio aportó toda la documentación, todos los nombres y toda la información disponible en el registro civil digitalizado a la Oficina del Censo Electoral, el mismo día que se reclamó, el 15 de octubre.
Sobre el Ministerio de Asuntos Exteriores, manifestó que le consta que ya hubo instrucciones claras a todos los consulados en esa misma fecha, que ahora se van a reiterar para cumplir con el requerimiento en un "tiempo récord" pese a ser un trabajo "manual" y muy laborioso. Pero "encantados" de hacerlo y de cumplir con el plazo, sostuvo.
A primeros de septiembre, el Supremo dejó en suspenso provisionalmente las altas incorporadas al Censo Electoral de Residentes Ausentes (votantes españoles en el extranjero) hasta que los consulados acreditasen que los nacionalizados por la 'ley de nietos" cumplen la condición de ser descendientes de españoles exiliados por razones políticas y otras.
La 'ley de nietos' es en realidad una disposición de la Ley de Memoria Democrática (2022), que permite optar a la nacionalidad española a hijos y nietos de españoles que sufrieron exilio por razones políticas, ideológicas, de creencia o de orientación sexual.
Para su aplicación, el Gobierno español aprobó posteriormente una instrucción que "presume" la condición de exiliado a todos los españoles que salieron del país entre 1936, cuando comenzó la guerra civil, y 1955, en plena dictadura del general Francisco Franco.
De este modo, no hacía falta probar el exilio mediante documentos para acogerse a la 'ley de nietos'.
Pero el movimiento político Iustitia Europa y el partido de extrema derecha Vox recurrieron esa instrucción y el Supremo dejó en suspenso cautelarmente las altas en el censo electoral de los afectados, que suman 163.020 y no podrán votar en las elecciones generales adelantadas en España al próximo 29 de noviembre.
Según el Supremo, tan solo 91 personas han acreditado su exilio de 31.390 expedientes revisados desde el pasado 10 de septiembre, cuando se acordó la medida cautelar.
Por otro lado, el Tribunal Constitucional español (TC) rechazó este miércoles por prematuro la admisión a trámite del recurso del Defensor del Pueblo contra la decisión del Supremo de suspender provisionalmente el derecho al voto a los nacionalizados por la 'ley de nietos'.
El Constitucional argumenta que el procedimiento sigue abierto en el Supremo y un recurso de ese tipo solamente es admisible cuando la tramitación ha finalizado y hay una sentencia firme.
El Centro de Descendientes de Españoles Unidos (Ce.DEU), que agrupa a españoles nacionalizados por la 'ley de nietos', alegó ante el Supremo que "ni siquiera en tiempos de guerra se suspende el derecho al voto" y advirtió de una "discriminación" con otros colectivos que accedieron a la nacionalidad, como sefardíes y brigadistas internacionales. EFE
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