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¿Qué dice el artículo 27 por el que Balogun podrá jugar contra Bélgica?

¿Qué dice el artículo 27 por el que Balogun podrá jugar contra Bélgica?

Dallas (EE.UU.), 5 jul (EFE).- El artículo 27 del Código Disciplinario habilita a la FIFA "a suspender total o parcialmente la aplicación de una medida disciplinaria", como en el caso del estadounidense Folarín Bolagun, que podrá enfrentarse el lunes a Bélgica en los octavos de final del Mundial 2026.

Un artículo anterior del Código, el 25, establece que los órganos judiciales "determinan el tipo y la extensión de las medidas disciplinarias que proceda imponer, en función de los elementos objetivos y subjetivos de la infracción, teniendo para ello en cuenta las circunstancias agravantes y atenuantes".

Balogun fue expulsado el pasado miércoles durante el partido de dieciseisavos contra Bosnia-Herzegovina, después de que el árbitro, avisado por el VAR, considerase una acción imprudente el pisotón del delantero estadounidense al bosnio Tarik Muharemovic.

De acuerdo con la normativa de la FIFA, una tarjeta roja implica la expulsión directa del partido de quien recibe la sanción, sino que también queda suspendido para el siguiente encuentro, pero la comisión disciplinaria ha aplicado este artículo 27, al que también se recurrió con Cristiano Ronaldo, al que se redujo la sanción de tres a un partido en la fase de clasificación del Mundial, lo que le permitió no perderse ningún encuentro en la fase final.

"Los órganos judiciales podrán optar por suspender total o parcialmente la aplicación de una medida disciplinaria", señala el código disciplinario, que en su punto 2, resalta que "al suspender la aplicación de la sanción, los órganos judiciales someterán al sancionado a un periodo de prueba, con una duración de entre uno y cuatro años".

Este articulado se introdujo en 2019 cuando se reestructuró el código disciplinario para hacerlo más corto, y tras recibir ajustes jurídicos, se estableció como tal en la edición de 2023.

La federación belga, que ha anunciado que está estudiando "todas las opciones posibles", recordó, sin embargo, que "la naturaleza automática" de este tipo de suspensiones "fue reafirmada explícitamente en la Circular número 16 de la Copa Mundial de la FIFA 2026, que fue distribuida a todas las asociaciones miembros participantes el 12 de mayo de 2026".

El antecedente en un Mundial de una revocación de una sanción fue con el brasileño Mané Garrincha, expulsado en la semifinal de la Copa del Mundo de Chile 1962, que pudo jugar la final contra Checoslovaquia.

En el caso de Garrincha, la gran estrella de Brasil tras la lesión de Pelé, no se pudo aplicar el artículo 27 del Código Disciplinario, que no existía como tal, ya que ni existían las tarjetas -que se implementaron en el Mundial de México 1970-, sino que directamente no fue suspendido.

Garrincha respondió con una patada por detrás a las constantes patadas de Eladio Rojas. El juez uruguayo Esteban Marino avisó al árbitro Arturo Yamasaki, que expulsó al extremo brasileño.

El concurso en la final del mejor jugador brasileño se convirtió en una cuestión de estado y hasta el presidente de Brasil, Joao Goulart, envió un telegrama al de la FIFA, el británico Stanley Rous, para pedir el indulto de un "jugador ejemplar"

El juez de línea no se presentó a ratificar su versión ante el comité disciplinario y Garrincha jugó la final en la que Brasil se impuso por 3-1. EFE

og/gbf