Este domingo vence plazo para que jurados presenten excusas; en Santa Cruz se tramitan más de 2.700
Quienes no cumplan con esta responsabilidad ni presenten excusas en el plazo establecido, estarán sujetos a una sanción equivalente al 50% de un salario mínimo nacional, conforme a normativa vigente


Este domingo 28 de septiembre vence el plazo para que las personas que fueron sorteadas como jurados puedan excusarse, en caso de no poder cumplir con esa responsabilidad democrática en el balotaje del 19 de octubre.
Según el reporte, el plazo de excusa empezó el lunes 22 de septiembre y el trámite se puede realizar de forma presencial o vía virtual por la plataforma https://plataforma-ciudadana.oep.org.bo.
La presidenta del Tribunal Departamental Electoral (TED) de Santa Cruz, Cristina Claros, informó que hasta la fecha 2.702 personas presentaron sus excusas y se aceptaron 962, mientras que se rechazaron 147.
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“Vamos a continuar con esta atención hasta este domingo 28 de septiembre, desde las 8:30 hasta las 16:30 y el domingo hasta la medianoche”, sostuvo la autoridad del TED cruceño
En Tarija, el TED recibió 457 solicitudes de excusa presentadas de manera virtual y presencial. De ellas, 190 ya fueron aceptadas.
Entre las causales más frecuentes se encuentran el estado de gestación, personas con hijas o hijos lactantes menores de dos años y ciudadanos con problemas de salud.
En ambos casos es obligatorio presentar la cédula de identidad vigente y los documentos que justifiquen la causal invocada. La respuesta del trámite se comunica en un plazo de 24 a 48 horas por el mismo medio en el que se inició la gestión.
De acuerdo con el artículo 17 del Reglamento de Elecciones Generales 2025, las causales de excusa comprenden: Enfermedad debidamente comprobada; estado de gravidez certificado; fuerza mayor o caso fortuito; ser candidato o candidata; ejercer funciones como dirigente de una organización política.
A esto se suma prestar un servicio público o privado indispensable el día de la elección; tener más de 60 años de edad; o tener bajo su dependencia a una persona con discapacidad o a un menor en periodo de lactancia de hasta dos años.
Desde el TED de Tarija se recordó que ser jurado electoral se constituye en una obligación cívica. Quienes no cumplan con esta responsabilidad ni presenten excusas en el plazo establecido estarán sujetos a una sanción equivalente al 50% de un salario mínimo nacional, conforme a normativa vigente.