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Censo: Conoce las restricciones que regirán en Santa Cruz desde el viernes 22 de marzo

La Gobernación de Santa Cruz emitió este martes el Auto de Buen Gobierno atendiendo todas las solicitudes planteadas por el INE

Publicación: 12/03/2024 18:36
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Este martes fue emitido el Auto de Buen Gobierno que regirá en todo el departamento de Santa Cruz durante el día previo, la jornada de empadronamiento y días posteriores al Censo Nacional de Población y Vivienda.

Estas son las medidas que se aplicarán:

-La norma en su artículo 2 establece la suspensión de todas las actividades públicas y privadas, sean estas comerciales, industriales y de servicios en toda la jurisdicción del departamento, el día 23 de marzo de 2024, a partir de las 00:00 horas hasta las 23:59 horas.

-Durante la jornada del empadronamiento queda prohibida la circulación vehicular, así como el tránsito de personas, con excepción del equipo de empadronadores y personal de campo del Censo

-Se suspenden las actividades educativas, deportivas y de otra índole en todas las unidades educativas, universidades, institutos de formación y técnicos y todos los centros educativos públicos y privados desde el viernes 22 al domingo 24 de marzo de 2024 en áreas urbanas. Y desde el viernes 22 al lunes 25 de marzo de 2024 en áreas dispersas, con el propósito de facilitar la planificación y organización de aspectos logísticos y ejecución del Censo.

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-Queda terminantemente prohibido el expendio y consumo de bebidas alcohólicas, en establecimientos públicos y privados (domicilios particulares, tiendas, hoteles, restaurantes, bares y cantinas y cualquier otros espacio o ambiente) desde: a) Las 00:00 horas del viernes 22 de marzo de 2024 hasta las 23:59 horas del sábado 23 de marzo de 2024, en áreas urbanas y desde las 00:00 horas del viernes 22 de marzo de 2024 hasta las 23:59 horas del día lunes 25 de marzo de 2024, en áreas dispersas de los municipios.

-Se prohíbe portar armas de fuego, instrumentos contundentes y/o peligrosos.

¿Cuáles serán las sanciones?

Las personas que no cumplan con lo estipulado en el Decreto serán sancionadas de la siguiente manera:

a) En cuanto al tránsito de personas conforme la sanción prevista en el artículo 160 del Código Penal (desobediencia a la autoridad) que tiene una multa de 30 a 100 días.

b) En cuanto al tránsito de vehículos de acuerdo con la sanción establecida en el artículo 144 y siguientes del Código Nacional de Tránsito y su Reglamento, que señala que “las infracciones, de competencia de la Policía del Tránsito serán sancionadas con arresto, inhabilitación de la licencia o multa”.

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c) En cuanto al consumo de bebidas alcohólicas conforme las sanciones establecidas en los artículos 26, 27, 30 y siguientes de la Ley Nº 259 de 11 de julio de 2012, de Control al Expendio y Consumo de Bebidas Alcohólicas. Que están sancionadas con multas y clausuras, en el caso de locales y tiendas; y de multas y trabajos comunitarios, en caso de personas que consuman contraviniendo la norma.

d) El porte ilegal de armas será sancionado de acuerdo a ley vigente.