Luis Arce no tiene atribución para derogar la disposición adicional séptima del PGE, ratifica viceministro
En medio de los anuncios de movilización sectorial contra esta disposición, el viceministro dijo que la Ley se hizo para cumplirla y no para interpretarla o ponerla en consideración
El viceministro de Defensa al Consumidor, Jorge Silva, ratificó que el presidente Luis Arce no tiene la atribución de abrogar, derogar o dejar sin efecto la disposición adicional séptima de la Ley del Presupuesto General del Estado (PGE) 2025, sino que esta demanda debe estar dirigida a la Asamblea Legislativa.
“No es posible la abrogación porque no es una competencia del presidente. No puede derogar o modificar el presidente una ley”, sostuvo la autoridad al referir que se está volviendo a convocar a un diálogo para la próxima semana a los sectores que dicen verse afectados con esta disposición.
Asimismo, la autoridad señaló que la ley no se hizo para interpretarla o ponerla en consideración, sino para cumplir su mandato, por lo que se trabaja ya en un decreto supremo que reglamente este apartado de la Ley Financial excluyendo al sector gremial, al comercio minorista y al sector productivo legalmente establecido.
Las declaraciones de Silva se dan después de que los sectores agropecuario, gremial, transporte, cuentapropista, industrial y exportador se reunieron este jueves para expresar su rechazo y anunciar un paro nacional para el 10 de febrero si no se abroga esta disposición.
Mientras tanto, el viceministro de Defensa del Consumidor, informó que se cursaron invitaciones para dialogar sobre la disposición adicional séptima de la Ley Finacial a ocho entidades empresariales, para un diálogo entre lunes y miércoles de la próxima semana.
Silva detalló que enviaron invitaciones a la Confederación de Empresarios Privados, Cámara Nacional de Comercio, Anapo, Cámara de Industrias y Comercio de Cochabamba, Federaciones de Empresarios Privados de La Paz y Santa Cruz entre otras.
La disposición adicional séptima del PGE 2025 “faculta a las entidades competentes, activar acciones de control, fiscalización, confiscación y/o decomiso de productos, a los actores de comercialización de alimentos, que almacenen o retengan y/o pretendan encarecer los precios de los mismos”.