Chuquisaca y Potosí incrementarán el número de asambleístas con las subnacionales
De acuerdo a la Ley 1700 de régimen excepcional y transitorio, Chuquisaca pasará de tener 21 a 25 asambleístas y Potosí de 32 a 33 asambleístas
Los departamentos de Chuquisaca y Potosí incrementarán el número de sus asambleístas departamentales con las elecciones subnacionales del 22 de marzo de 2026, según la Ley 1700 de régimen excepcional y transitorio para la realización de los comicios.
Chuquisaca pasará de tener 21 a 25 asambleístas y Potosí de 32 a 33 asambleístas
En el caso de Chuquisaca se crearon cuatro escaños: 1 para Qhara Qhara, 1 para Yampara y 2 escaños por población que serán asignados a la provincia Oropeza.
En tanto que en Potosí se creó un escaño para Qhara Qhara, el primer escaño indígena del departamento.
En el resto de los departamentos se mantendrá la compasión de los legislativos departamentales: 45 en La Paz (10 escaños por territorio, 10 por población, 1 Afroboliviano, 1 Mosetén, 1 Leco, 1 Kallawaya; y 1 Tacana y Araona); 34 en Cochabamba (16 escaños por territorio, 16 por población, 1 Yuqui y 1 Yuracaré); y 33 en Oruro (16 escaños por territorio, 16 por población y 1 Chipaya y Murato).
En tanto que en Tarija se elegirán a 30 asambleístas (12 por territorio, 15 por población, 1 Guaraní, 1 Tapiete y 1 Weenhayek) y en Santa Cruz 28 (15 por territorio, 8 por población, 1 Chiquitano, 1 Guaraní, 1 Guarayo, 1 Ayoreo y 1 Yuracaré-Mojeño).
MIRA AQUÍ: La Comisión de Constitución suspende el tratamiento del proyecto de ley para elegir vocales
Mientras que en Beni 28 (24 por territorio, 2 asambleístas indígenas de los pueblos Tacana, Pacahuara, Itonama, Joaquiniano, Maropa, Guarasugwe, Mojeño, Sirionó, Baure, Tsimane, Movima, Cayubaba, Moré, Cavineño, Chacobo, Canichana, Mosetén y Yuracaré del departamento y 2 asambleístas campesinos).
En los departamentos de La Paz, Chuquisaca, Cochabamba, Oruro y Potosí, los escaños por territorio serán elegidos en circunscripción provincial, por mayoría simple de votos válidos.
Los escaños por población serán elegidos en circunscripción departamental, bajo el sistema de representación proporcional, mientras que las naciones y pueblos indígena originario campesinos que sean minoría poblacional en estos departamentos, elegirán directamente a sus asambleístas.