“Es un gasto extra, pero no es ni el 1% de la subvención”: Gobierno no renuncia al referendo y ajusta las preguntas con equipo jurídico

Para el TSE, las preguntas reformuladas que envió el Gobierno en el comienzo de esta semana “no tienen claridad ni precisión”. El órgano observa términos y tiempo de la subvención y se apunta a la pertinencia de la pregunta sobre la reelección presidencial.

Publicación: 13/09/2024 12:13
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[Foto: APG] / El viceministro Gustavo Torrico.

El Gobierno no renunció al plan del referendo por subvención de combustibles y reelección y, en ese marcó, ajusta las preguntas reformuladas observadas por el Tribunal Supremo Electoral (TSE) con la participación de un equipo jurídico.

Así lo ha revelado este viernes el viceministro de Coordinación y Gestión Gubernamental, Gustavo Torrico, quien puso en mesa que el “gasto extra” que representaría la consulta popular no es ni el 1% de lo que demanda al Estado la subvención de los combustibles.

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Eso lo está viendo la parte jurídica. Como les reitero, no es un rechazo. Es una observación que se va a corregir en lo que manda el tribunal, respecto a lo que diga el tribunal”, sostuvo.

El presidente Luis Arce tramita la consulta para preguntar a los bolivianos sobre la subvención del diésel y la gasolina, además de la reelección presidencial.

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En primera instancia envió cuatro preguntas al TSE, pero la que estaba referida a los escaños parlamentarios fue descartada. En ese marco, envió otras tres que estaban reformuladas, las cuales volvieron a ser objetadas por los equipos técnico del ese órgano.

Torrico recordó que es la segunda ocasión que el TSE observa las preguntas. “El tribunal ha analizado y nos está pidiendo que aclaremos básicamente las preguntas que no tienen que tener cierto desliz”, sostuvo

Para el TSE, las preguntas reformuladas “no tienen claridad ni precisión”.

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“Hemos hecho la corrección”, manifestó Torrico en referencia al segundo envío en el comienzo de esta semana, sin embargo, anunció que en los ajustes se precisará de mejor manera las interrogantes.

El tribunal dice que sea más concreto. Supongo que tendremos que preguntar si estamos de acuerdo en suspender el diésel en esta opción. ¿De a poco, de uno, cero, medio? No sé”, señaló.

Consulta

El Gobierno tenía la intención de que la consulta se ejecute el 1 de diciembre, de forma paralela a las elecciones judiciales, sin embargo, el TSE desahució esa posibilidad tomando en cuenta que la convocatoria debe ser publicada 90 días antes de la votación, un plazo que feneció el 31 de agosto.

Ya no va con las elecciones judiciales, yo lo dudo (...) esto va a ir nomás en otra fecha diferida”, señaló.

¿Pero es un gasto extra?, le consultó la prensa. Torrico respondió: “Es un gasto extra, pero que no significa ni el 1% de lo que gastó en la subvención. Hay que ver costo, beneficio”.

Observaciones

La nota remitida observa que respecto a las preguntas 1 y 2, la expresión “gradualmente (es decir poco a poco)” no refiere a algo concreto, es decir, es abstracta e indeterminada, de manera que no se tiene certeza del efecto de dicha gradualidad en términos de periodo de tiempo y económicos, reseña un boletín de prensa.

Asimismo, en esas preguntas se observa que, a partir de la definición del verbo “levantar”, la comprensión de ambas preguntas podría tergiversarse o ser errónea, ya que según la Real Academia Española, significa: “Mover (algo) hacia arriba o poner en un lugar más alto que el que tenía”, por tanto, su uso tiene otro sentido. También carecen de exactitud al no precisar la gradualidad en términos de periodo de tiempo y económicos para la implementación de la medida que es objeto de la consulta.

Con relación a la pregunta 3 se advierte que, como se encuentra redactada, no corresponde la realización de un Referendo por Iniciativa Presidencial, sino un Referendo Constitucional Aprobatorio convocado por iniciativa popular o a través de la Asamblea Legislativa Plurinacional, de conformidad a lo previsto por el artículo 411, parágrafo II, de la Constitución Política del Estado (CPE) y el artículo 23 de la Ley N° 026 del Régimen Electoral, reseña un boletín del TSE.