¿Qué dice la ley que aprobó el Senado para blindar las judiciales y dar la espalda al TCP?

Se trata de una norma que surge horas después de que el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) aprobara un auto constitucional con el que ratifica la suspensión de los comicios en cinco regiones para el TSJ y el TCP. Revise el contenido de la ley.

Publicación: 13/11/2024 13:22
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[Foto Senado.] / La sesión de la Cámara de Senadores de este miércoles.

La Cámara de Senadores aprobó al mediodía de este miércoles la Ley Excepcional y Transitoria para Garantizar las Elecciones Judiciales 2024.

Se trata de una norma que surge horas después de que el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) aprobó un auto constitucional con el que ratifica el fondo de la sentencia de una sala que declara desiertas las elecciones de magistrados del Tribunal Supremo de Justicia para Beni y Pando y del TCP en Pando, Cochabamba, Santa Cruz, Beni y Tarija.

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La norma fue planteada por la senadora de Comunidad Ciudadana (CC) Silvia Salame y en su artículo primero destaca que el objetivo es “garantizar” la realización de las elecciones judiciales y “ratifica” la “vigencia plena” de la Ley No 1549 de 6 de febrero de 2024 que precisamente avala el proceso.

Además, puntualiza que tiene base en la Constitución Política del Estado, las leyes electorales 018 y 026, la ley de las judiciales y la sentencia constitucional plurinacional No 060/2023 de 31 de julio de 2023, con la cual se declaró inconstitucional un primer reglamento de preselección de postulantes.

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En el artículo 3 se prohíbe “cualquier proceso por etapas en ningún departamento del país”.

Además “se declara que las etapas del proceso de preselección realizada por la Asamblea Legislativa Plurinacional han precluido y no pueden ser retrotraídas, por lo que las elecciones judiciales 2024 deben ser realizadas con las listas remitidas por el ente legislativo al Tribunal Supremo Electoral”.

El artículo 5 establece que “corresponde al Tribunal Supremo Electoral garantizar el ejercicio de sufragio de toda la ciudadanía para las elecciones judiciales 2024, no pudiendo anularse, modificarse, declararse desierta, suspenderse por ninguna causa y ante ninguna instancia”.

Por último, se deja claro que “todos los órganos del Estado” los partidos, las naciones y pueblos indígena originario campesinos, organizaciones de la sociedad civil y a la ciudadanía tienen la corresponsabilidad del desarrollo y vigilancia de las elecciones judiciales 2024”

En ese marco, se puntualiza que “el Tribunal Constitucional Plurinacional en sus fallos deberá velar por el desarrollo de las elecciones judiciales 2024”.

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