Saucedo dice que el ministro de Justicia tiene un sentencia “debidamente ejecutoriada” que no se registró por la “omisión” de un juez
El ministro de Justicia, Freddy Vidovic, señaló que existen presiones para que renuncie al cargo y aseguró rige una “suspensión de la pena”. El presidente del TSJ dijo que en este caso se debe verificar el cumplimiento de los requisitos
El presidente del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), Romer Saucedo, confirmó este jueves que el ministro de Justicia, Freddy Vidovic, tiene una sentencia condenatoria “debidamente ejecutoriada”, que, sin embargo, no se registró en el sistema de antecedentes penales de Bolivia por la “omisión” de un juez.
”Se evidencia que en 2015 el señor Freddy Vidovic, actual ministro de Justica, tuvo un proceso penal en el cual fue sometido a un procedimiento abreviado en el cual se le impuso una sentencia condenatoria de tres años, la misma que, revisados los actuados procesales, se encuentra debidamente ejecutoriada”, señaló el magistrado en una entrevista con La Revista de la red UNITEL.
Luego explicó que “lo que sucedió fue una omisión del juez de aquel entonces, de no remitir al juzgado de ejecución penal y el no remitir los elementos administrativos para que se haga el registro de los antecedentes penales que tenemos en Bolivia”.
La noche del miércoles, el ministro de Gobierno, Marco Antonio Oviedo, informó que pondrá en conocimiento del presidente Rodrigo Paz que Vidovic, quien fue posesionado como ministro de Justicia el 9 de noviembre, tiene una sentencia ejecutoriada.
Durante la conferencia de prensa, Oviedo señaló que le llamó la atención que en el Rejap, el sistema para recabar los antecedentes penales de una persona, no aparecía la sentencia ejecutoriada de Vidovic. En su criterio, su colega no podría ejercer funciones públicas en esas condiciones.
El ministro de Justicia respondió con una publicación en sus cuentas de redes sociales en la cual afirmó que existen presiones para que renuncie al cargo y aseguró que la sentencia en su contra “está viciada de nulidad”.
En un comunicado que compartió desde su cuenta personal de Facebook, Vidovic señaló que siente “profunda preocupación y rechazo a las presiones que se están ejerciendo para que renuncie”.
Luego señaló: “La Constitución Política del Estado establece (...) que no se puede impedir el ejercicio de la función pública por tener un pliego de cargo ejecutoriado o sentencia condenatoria ejecutoriada en materia penal pendiente de cumplimiento”.
¿El ministro puedo seguir ejerciendo el cargo? Saucedo remarcó que esa “es una facultad exclusiva” del presidente Rodrigo Paz, sobre la cual no puede opinar.
Suspensión de la condena
Vidovic además argumentó que “la Constitución Política del Estado establece en su artículo 234, numeral 4, que no se puede impedir el ejercicio de la función pública por tener un pliego de cargo ejecutoriado o sentencia condenatoria ejecutoriada en materia penal PENDIENTE DE CUMPLIMIENTO”.
“Sin embargo, se está pretendiendo utilizar esta sentencia condenatoria VICIADA DE NULIDAD, dictada en un proceso ilegal y sin garantías, para privarme de mis derechos ciudadanos y de mi cargo como Ministro de Justicia”, dijo.
En ese marco, el ministro argumentó que “el Código de Procedimiento Penal, en su artículo 441, numeral 2, establece que después de transcurridos 8 años desde que se dictó la sentencia condenatoria, concediendo la suspensión condicional de la pena, se puede solicitar la cancelación de antecedentes”.
“En mi caso, han transcurrido más de 10 años desde que se dictó la sentencia ILEGAL, lo que refuerza mi derecho a ejercer mis funciones sin restricciones”, sostuvo.
Consultado por este argumentó, Saucedo dijo que esa disposición está vigente y explicó: “tendríamos que revisar si se han cumplido los requisitos que se le impuso, porque al momento de imponérsele una suspensión condicional de la pena, el juez tiene la obligación de imponer ciertas reglas y condiciones a ser cumplidas durante un plazo”.
“Habría que revisar si cumplieron estas reglas y condiciones conforme establece el procedimiento penal para dar por concluida esa sentencia condenatoria ejecutoriada porque lo que implica la suspensión condicional de la pena es que usted cumple su condena bajo otras condiciones que no sea el ingreso a un centro penitenciario”, sostuvo.