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BCB autoriza el uso de “criptoactivos” en Instrumentos Electrónicos de Pago tras dejar sin efecto su prohibición

Sin embargo, el BCB “ratificó” que “la única moneda de curso legal en el país es el boliviano” y remarcó que “un activo virtual no es una moneda de curso legal” y “no existe obligación alguna para recibirlos por parte de la población como medio de pago”

Publicación: 26/06/2024 12:01
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[Foto Jhan] / La conferencia en el Banco Central de Bolivia (BCB).

El Banco Central de Bolivia (BCB) ahora avala el uso de “activos virtuales” a través de Instrumentos Electrónicos de Pago , aunque dejó en manos de los usuarios el riesgo de su empleo. Para ese fin, las entidades vinculadas con la temática adecuaran las normas y activarán una campaña de comunicación.

El director del ente matriz, Edwin Rojas, explicó que mediante la Resolución de Directorio N°082/2024, fechada el 25 de junio de 2024, dejó sin efecto la Resolución de Directorio N°144/2020, de 15 de diciembre de 2020, habilitando de esta manera el uso de canales e Instrumentos Electrónicos de Pago (IEP) para operaciones de compra y venta de activos virtuales.

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“El Banco Central de Bolivia, en coordinación con la UIF y ASFI, vio por conveniente dejar sin efecto la resolución 144 de 2020, de manera tal que se habilite el uso de canales e instrumentos electrónicos de pago para operaciones de compra y venta de activos virtuales que coadyuven el fortalecimiento de actividades financieras y comerciales”, señaló este miércoles en una conferencia de prensa.

Sin embargo, el BCB “ratificó” que “la única moneda de curso legal en el país es el boliviano conforme a la Ley 901 de 28 de noviembre de 1986”.

“En este sentido también se debe señalar que un activo virtual no es una moneda de curso legal. Queremos enfatizar que los activos virtuales, al no ser dinero para efectos legales, no se constituyen efectivo, no tienen equivalentes en efectivo y no existe obligación alguna para recibirlos por parte de la población como medio de pago, por lo que los riesgos inherentes que puedan generarse por su uso y comercialización serán asumidos por sus usuarios”, señaló.

Una similar postura dejo sentada la directora de la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (Asfi), Ivette Espinoza.

“Es técnicamente viable habilitar el uso de canales e instrumentos electrónicos de pago para operaciones de compra y venta de activos virtuales, hecho que fortalecerá las actividades financieras y comerciales sin dejar de considerar que quien adquiere estos activos virtuales debe tomar en cuenta los riesgos inherentes al uso y comercialización de este tipo de activos”, remarcó.

Espinoza apuntó que el GAFI “define los activos virtuales como representaciones digitales de valor que pueden comercializarse o transferirse digitalmente y utilizarse para pagos o inversiones”.

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“No incluyen representaciones digitales de moneda fiduciaria, valores u otros activos financieros ya cubiertos por otras recomendaciones realizadas por el GAFI.

“Ante ello, es imperativo, además, que las entidades financieras, cuyos instrumentos electrónicos de pago permitan la adquisición de activos virtuales, consideren en todo momento las recomendaciones del GAFI en lo que respecta a la lucha contra el lavado de activos, el financiamiento del terrorismo y la proliferación de armas de destrucción masiva”, señaló la directora de la ASFI.

En ese marco, Rojas anunció que el ente emisor “incorporará en el marco de sus actividades, de una manera bastante rápida, todo lo que tiene que ser procesos de difusión y educación en materia económica y financiera, vinculado a aspectos conceptuales y otros relacionados con los riesgos que conlleva las operaciones para promover un mayor conocimiento y uso informado de la población en materia de activos virtuales”. Un plan que también anunció Espinoza.

La resolución publicada por el BCB.
La resolución publicada por el BCB.

El BCB, como instancia rectora del proceso de pagos, puso en mesa el “proceso de modernización bastante importante acorde a la evolución tecnológica a nivel mundial, acompañado con altos estándares de seguridad”.

Destacó el uso de la billetera móvil, “la cual inclusive es pionera a nivel regional”, la introducción de tecnologías de chip en tarjetas electrónicas, el pago sin contacto, la estandarización de pagos inmediatos con el QR o la inclusión de entidades no bancarias a través de la implementación del módulo de liquidación diferida (MLD)”.

Rojas explicó que la decisión tiene base en la Evaluación Mutua del Estado Plurinacional de Bolivia 2024 que realizó el Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica (Gafilat), que entre una de sus recomendaciones señala: “...considerar la regulación de los servicios de activos virtuales (PSAV) conforme a la política pública que se defina en el contexto boliviano” y tomando en cuenta que el último periodo se ha ido generando una base jurídica la cual permitirá afrontar nuevos desafíos en este proceso de modernización.

Avances

“Como pueden ustedes advertir, el sistema de pagos nacional se ha constituido en un referente regional en términos de interconexión e interoperabilidad en el marco del funcionamiento de un sistema electrónico que viabiliza la participación directa de todas las entidades financieras reguladas para la liquidación de operaciones en el BCB, fortaleciendo la democratización e inclusión financiera”, señaló Rojas.

Rojas destacó que “para continuar promoviendo la modernización del sistema de pagos nacional, y además de generar una eficiente utilización de la infraestructura de pagos desarrollada para facilitar la adopción de innovaciones tecnológicas y nuevos esquemas de pago, y considerando, en el contexto de las buenas prácticas internacionales y del marco normativo que tiene nuestro país, que viabiliza la emisión de una nueva regulación en el sistema financiero para la operativa de activos virtuales”.