El Viceministerio de Tierras ahora depende del Ministerio de la Presidencia, que supervisará al INRA

Las nuevas atribuciones del Ministerio de la Presidencia son “proponer políticas y estrategias en materia agraria”, “supervisar el trabajo del Instituto Nacional de Reforma Agraria (INRA)” y “proponer y diseñar la Política Nacional de Tierra y Territorio”

Publicación: Hace 2 horas
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[Foto: INRA.] / Una brigada técnica y jurídica del INRA levanta datos en Cochabamba.

En la nueva organización del Órgano Ejecutivo el Viceministerio de Tierras ahora es parte del Ministerio de la Presidencia. De este despacho dependerá el Instituto Nacional de Reforma Agraria (INRA).

Con la norma publicada en la Gaceta Oficial, las nuevas atribuciones del Ministerio de la Presidencia son “proponer políticas y estrategias en materia agraria”, “supervisar el trabajo del Instituto Nacional de Reforma Agraria – INRA” y “proponer y diseñar la Política Nacional de Tierra y Territorio”.

Mientras que el Viceministerio de Tierras tiene entre sus principales atribuciones y competencias “ejercer la tuición que confiere la Ley al Ministerio de Desarrollo Rural, Agropecuario y Medio Ambiente sobre el INRA”.

Antes, esta repartición estatal era parte del Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras, que desapareció en la nueva estructura del Gobierno de Rodrigo Paz.

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Además, tiene la misión de “desarrollar y establecer los instrumentos normativos y lineamientos técnicos metodológicos para el Plan de Uso de Suelos (PLUS)”, “fortalecer el sistema de catastro y registro público de la propiedad agraria” e “implementar el Sistema Nacional de Gestión Integral de Tierras”.

A continuación, las atribuciones de esta repartición estatal que estará bajo la administración del ministro de la Presidencia, José Lupo:

a) Formular e implementar políticas, estrategias, acciones y proyectos de normas legales y reglamentarias en materia agraria y gestión integral del suelo.

b) Diseñar y ejecutar políticas y programas de acceso, distribución, redistribución, reagrupamiento de tierras y asentamientos humanos, integrados a planes productivos, de acuerdo con las políticas establecidas para el uso y manejo sostenible del suelo.

c) Supervisar y fiscalizar el cumplimiento de la normativa agraria a objeto de garantizar la seguridad jurídica en el proceso de regularización del derecho propietario de la tierra, antes de agotada la vía administrativa.

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d) Interponer demandas contenciosas administrativas y de nulidad de títulos ejecutoriales y otras acciones jurisdiccionales y constitucionales, ante las instancias competentes.

e) Fortalecer el sistema de catastro y registro público de la propiedad agraria.

f) Implementar el Sistema Nacional de Gestión Integral de Tierras.

g) Fomentar y promover la autogestión de los territorios indígena originario campesinos.

h) Desarrollar y sistematizar las prácticas y normas para la protección y funcionamiento organizado de los territorios indígena originario campesinos, promoviendo su gestión integral.

i) Emitir la certificación de Registro de Identidad y documentación relacionada a las Comunidades Campesinas y Territorio Indígena Originario Campesino, en los casos que corresponda.

j) Ejercer la tuición que confiere la Ley al Ministerio de Desarrollo Rural, Agropecuario y Medio Ambiente sobre el INRA.

k) Ejercer funciones administrativas y jurídicas en materia de tierras, de acuerdo a Ley y disposiciones reglamentarias.

l) Centralizar y administrar la información oficial geoespacial del Sistema Único Nacional de Información de la Tierra – SUNIT.

m) Formular políticas y normas para la gestión integral de suelos.

n) Establecer políticas de promoción e incentivo para controlar y mitigar efectos de la degradación del suelo.

o) Planificar, elaborar y ejecutar programas y proyectos estratégicos para el uso sostenible del recurso suelo.

p) Implementar y administrar el Sistema Nacional de Información y Monitoreo de Suelos de Bolivia – SISBOL.

q) Desarrollar y establecer los instrumentos normativos y lineamientos técnicos metodológicos para el Plan de Uso de Suelos – PLUS.

r) Establecer lineamientos para la protección de las áreas productivas agropecuarias, regulando la expansión de áreas urbanas, garantizando la seguridad alimentaria con soberanía.

* A continuación, revise el decreto con el cual el Gobierno de Paz ajustó la estructura del Órgano Ejecutivo:

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