Elecciones judiciales: Sala Constitucional de Pando anula preselección de candidatos y ordena nueva convocatoria

Una dirigente interpuso una acción popular que fue admitida por la justicia, a seis días de cumplirse el plazo para que la Asamblea culmine el proceso de preselección. Asimismo, se ha dispuesto la inaplicación de la ley 1549

Publicación: 30/04/2024 16:22
$output.data
$output.data
Foto referencial

Cuando faltaban seis días de cumplirse el plazo para que la Asamblea Legislativa concluya la preselección de candidatos para las elecciones judiciales, la justicia determinó la anulación del proceso al dar luz verde a la acción popular que se ha presentado en el departamento de Pando por parte de la dirigente indígena y exdiputada Yeny Duri.

En el recurso se denuncia la vulneración de los derechos de las mujeres pertenecientes a los pueblos indígenas, originarios, campesinos, porque entre las candidatas de Pando no existen habilitadas candidatas de este sector de la población, como dispone la Ley 1549 de elecciones judiciales, al Tribunal Constitucional.

La Justicia dispuso como medida cautelar la “paralización del cronograma” de preselección para que no se vulneren los derechos colectivos demandados, tema que terminó siendo resuelto en una audiencia que se desarrolló la tarde de este martes.

Asimismo, se ha dispuesto la inaplicación de la Ley 1549 de elecciones judiciales con el reglamento de dicha norma, según expuso la vocera de la Sala Constitucional, así como también se ordena una nueva convocatoria.

MIRA AQUÍ: Elecciones Judiciales: viceministra Alcón dice que el Gobierno no está detrás de los amparos constitucionales

Los integrantes de la Comisión Mixta de Justicia Plural en plena sesión
Los integrantes de la Comisión Mixta de Justicia Plural en plena sesión

La demandante había denunciado que las aspirantes indígenas de Pando no tuvieron las mismas condiciones para postular respecto a las postulantes del resto de los departamentos.

Como ejemplo, refirió que la Facultad de Derecho de la universidad pandina opera desde hace 20 años, en cambio en otras regiones ya tiene más de 100 años, por lo que no se le puede exigir a una ciudadana pandina que cuente con los mismos años de formación y experiencia profesional como se estableció para aspirantes de Chuquisaca, La Paz, Santa Cruz o Cochabamba.

Para el diputado Pablo Arizaga, de la bancada de Comunidad Ciudadana y miembro de la Comisión de Constitución, una simple acción popular acaba de fulminar el proceso y expresó que se llegó a un punto óptimo de ignorancia en las instituciones públicas al aparecer el fallo.

MIRA AQUÍ: Elecciones judiciales: Postulante presenta amparo constitucional denunciando falta de idoneidad de asambleístas

“Espero, que hoy todos los que nos lanzaron cohetes y dardos, mientras teníamos que lidiar con este bloque de ignorantes y corruptos, comprendan que debíamos estar unidos, hoy, nos sepultaron a todos juntos. Hasta aquí llegamos, pero por el momento. Este abuso no es eterno, lo sabe bien quien les enseño estas prácticas”, dijo el legislador.

En días pasados, el presidente de la Comisión mixta de Constitución de la Cámara de Diputado, Juan José Jáuregui, había expresado su preocupación por la naturaleza y el enfoque de la acción popular, pero fundamentalmente por el resultado que podría tener, ya significa que puede paralizar de “forma definitiva” el proceso de preselección.